Resultados que se pueden presentar
Se pueden presentar resultados logrados a partir del 1 de enero de 2023. En concreto, se pueden presentar 3 resultados logrados durante el año 2023 (1 nacional y 2 internacionales), otros 3 resultados logrados durante el año 2024 (también 1 nacional y 2 internacionales) y así sucesivamente para años posteriores.
Resultan valorables los siguientes resultados:
- Resultados nacionales: los del Anexo III. En la mayoría de los casos se requiere lograr pódium en campeonatos o rankings de España, pero el puesto depende de factores como la edad o tipo de prueba. Además, no todas las categorías de edad son valorables.
- Resultados internacionales: los del Anexo IV y V. En estos casos es suficiente la participación, no es exige un puesto concreto.
- Resultados autonómicos: en ningún caso permiten obtener la calificación.
A la hora de valorar los resultados se deben tener en consideración el resto de los apartados del Decreto 83/2024 y en especial todas las consideraciones contenidas en el Anexo VI, que hace referencia, por ejemplo, a los requisitos en cuanto al número de participantes, denominación de las competiciones, etc.
Además de haber obtenido el resultado deportivo, los deportistas deben cumplir los siguientes requisitos:
- Tener nacionalidad española u ostentar la condición de residente en España.
- Estar empadronado en cualquier municipio de Extremadura. Existe excepción a este requisito: si no se está empadronado en Extremadura, es posible obtener la calificación si el deportista tiene en vigor licencia deportiva extremeña y la ha tenido de forma ininterrumpida durante los diez años anteriores.
- Haber obtenido el resultado con licencia extremeña, salvo que ello fue imposible, en cuyo caso deberá acreditarse el motivo por el cual no pudo obtener el resultado con licencia extremeña.
- No estar sancionado por infracciones graves o muy graves en disciplina deportiva o dopaje.
- No estar disfrutando de un reconocimiento equivalente por otra comunidad autónoma, salvo en los casos de cambio de domicilio debido a traslado de quienes ejerzan la patria potestad de deportistas menores de edad o de cambio de domicilio o de expediente académico en caso de deportistas estudiantes.