Finalidad
Permitir a todos los profesionales del deporte el ejercicio de su profesión desde el día de la presentación de esta Comunicación Previa.
Quién lo puede Presentar
Profesionales del deporte que deseen desarrollar su actividad profesional o que ya la venían ejerciendo.
Plazos de Presentación
No sujeto a plazo de presentación
Órgano Gestor
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Dirección General de Jóvenes y Deportes
Servicio de Promoción y Entidades Deportivas
Avenida Valhondo, S/N
06800, Mérida
Recursos
Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Promoción y Entidades Deportivas
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: Sí
Información Adicional
Los profesionales del Deporte que pretendan ejercer su profesión en Extremadura deberán realizar una comunicación previa ante la Dirección General competente en materia de Deportes de la Junta de Extremadura en los términos establecidos en el artículo 23 de la Ley 15/2015, de 16 de abril, por la que se ordena el ejercicio de lsa profesiones del deporte en Extremadura.
Requisitos
- Estar en posesión de la cualificación profesional en las formas que se establecen en la Ley para cada una de las profesiones.
- Contar con un seguro de Responsabilidad Civil Profesional que cubra la indemnización por los daños y perjuicios que puedan causarse a terceros con ocasión de la prestación de los servicios deportivos.
- Acreditar competencias en primeros auxilios que exige la Ley 15/2015 de 16 de abril.