Finalidad
Tiene como finalidad el uso voluntario, del logotipo «raza autóctona». Permite reconocer los productos procedentes de razas autóctonas en el etiquetado de los mismos y los lugares donde se pueden comercializar o consumir. Esta iniciativa se enmarca en el Plan de desarrollo del Programa Nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas que tiene como una de sus prioridades estratégicas la utilización sostenible y las vías alternativas de rentabilidad para las razas y sus productos.
Quién lo puede Presentar
Productos incluidos en una Denominación de Origen Protegida, Indicación Geográfica Protegida, en sistemas de ganadería ecológica o integrada, pliegos de etiquetado facultativo de carne de vacuno, pliegos de etiquetado de carne de cordero y cabrito o marcas de calidad y garantía, siempre que cumplan lo regulado en el RD, en particular, que procedan de animales de razas autóctonas incluidas en el Catálogo Oficial de razas de ganado de España.
Órgano Gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Agricultura y Ganadería
Servicio de Calidad Agropecuaria y Alimentaria
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida
Recursos
Resolución del procedimiento: El titular de el/la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: No