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Autorización para la destilación de subproductos de la vinificación

Descripción

Finalidad

Autorizar la actividad de destilador para la destilación de subproductos de la vinificación o de cualquier otra transformación de uva.

Quién lo puede Presentar

Toda persona física o jurídica o agrupación de esas personas que:
1.º Destile vinos, vinos alcoholizados, subproductos de la vinificación o de cualquier otra transformación de uva, y
2.º Esté autorizada por las autoridades competentes para actuar en el marco del artículo 52 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.

Plazos de Presentación

Antes del inicio de la campaña vitivinícola.

Órgano Gestor

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
Dirección General de Política Agraria Comunitaria.
Servicio de Ayudas y Regulación de Mercados.
Avenida Luis Ramallo, s/n. 06800, Mérida.

Plazo de resolución

3 Meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Política Agraria Comunitaria
Fin vía administrativa:No
Impugnación vía administrativa:Si
Recursos que proceden:
Recurso de alzada.

Normativa básica

Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.

Pago de tasas

Sin tasa asociada

Información Adicional
  • Documentación

    Los destiladores, que cumpliendo con todos los requisitos exigibles a la actividad que realizan, tengan sus instalaciones ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y deseen ser autorizados deberán cumplimentar la solicitud recogida en el Anexo I antes del inicio de la campaña vitivinícola.

    Si estuvieran acreditados en campañas anteriores, se remitirá a la Dirección General competente antes del inicio de cada campaña vitivinícola, comunicación en la que se manifieste la voluntad de que les sea prorrogada o suspendida la autorización, así como declarar que han cumplido satisfactoriamente los requisitos establecidos en la normativa comunitaria durante la campaña anterior. En caso de solicitar esta prorroga, la autoridad competente procederá a confirmar la autorización, si procede, comunicando esta circunstancia a los interesados.

    El destilador que sufra alguna variación en relación a las condiciones en virtud de las cuales se le concedió la autorización, deberá comunicarlo de forma inmediata a la Dirección General correspondiente

    Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
    • Representación voluntaria por medios electrónicos

      - Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos.

      - Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos.

      •  
Documentación relacionada
Solicitud Autorización para la destilación de subproductos de la vinificación

Solicitud de autorización como destilador para la destilación de subproductos de la vinificación o de cualquier otra transformación de la uva.

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación a presentar
Solicitud de Autorización Anexo I
Los destiladores, que cumpliendo con todos los requisitos exigibles a la actividad que realizan, tengan sus instalaciones ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y deseen ser autorizados deberán cumplimentar la solicitud recogida en el Anexo I antes del inicio de la campaña vitivinícola.
Solicitud de Prórroga o Suspensión
Si estuvieran acreditados en campañas anteriores, se remitirá a la Dirección General competente antes del inicio de cada campaña vitivinícola, comunicación en la que se manifieste la voluntad de que les sea prorrogada o suspendida la autorización, así como declarar que han cumplido satisfactoriamente los requisitos establecidos en la normativa comunitaria durante la campaña anteriorEn caso de solicitar esta prorroga, la autoridad competente procederá a confirmar la autorización, si procede, comunicando esta circunstancia a los interesados.
Comunicación de variación de condiciones de concesión de autorización
El destilador que sufra alguna variación en relación a las condiciones en virtud de las cuales se le concedió la autorización, deberá comunicarlo de forma inmediata a la Dirección General correspondiente.
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