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Autorización para la realización de acciones cinegéticas en función de la modalidad de caza

Descripción

Finalidad

Este trámite permite solicitar autorización para la realización de las modalidades de caza sometidas a autorización previa. Incluye autorización para jabalí al salto.

Quién lo puede Presentar
  1. Titulares de cotos de caza.
  2. Organizaciones profesionales de caza.
Plazos de Presentación

No sujeto a plazo de presentación.

Órgano Gestor

Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida

Plazo de resolución

3 Meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: No
Recursos que proceden: Recurso de alzada

Normativa básica
  • LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
  • Ley 12/2014, de 19 de diciembre, de modificación de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, y de la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (DOE Nº246, de 23-12-2014)
  • DECRETO 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética.
  • LEY 9/2019, de 5 de abril, por la que se modifican la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, y la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (D.O.E. Nº 70, de 10-04-2019)
  • ORDEN de 22 de julio de 2022 General de Vedas de Caza para la temporada 2022/2023, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Pago de tasas

Código de la tasa: 23025-5

Bonificaciones:

- 50% para Sociedades Locales de Cazadores.

Información Adicional

Requisitos

Debe solicitarlo la persona titular del coto de caza, representante acreditado o una organización profesional de caza registrada.

En caso de cotitularidad la solicitud debe firmarse por todos los titulares o por representante acreditado.

Requisitos específicos de cada modalidad de caza:

1. Captura en vivo:

a) La finalidad de la captura debe ser alguna de las siguientes:

- Suelta para inmediato abatimiento (paloma bravía)

- introducción, reintroducción o reforzamiento

- tenencia en cautividad de medios auxiliares

- daños

- sanidad animal

- razones científicas

b) Debe indicarse el método de captura.

c) Si la finalidad de la captura es la suelta para abatimiento inmediato o la introducción, reintroducción o reforzamiento, deberá indicarse el destino.

2. Rececho de gestión en partes abiertas de cotos de caza:

- máximo 10 días

- solo hembras

- máximo 3 cazadores

- no se permiten batidores

3. Ronda:

- máximo 3 cazadores

- no se permite el uso de armas de fuego

- solo puede realizarse en superficies de gestión cerrada para el jabalí

Más Información

Las modalidades de caza sometidas al régimen de autorización previa son las siguientes:

a) Captura en vivo de piezas de caza mayor cuando salgan del coto y en aquellos casos en que la captura se realice en partes abiertas de cotos de caza.

b) Captura en vivo de piezas de caza menor cuando salgan del coto y en aquellos casos en que se empleen redes o mallas aunque no salgan del coto.

c) Rececho de gestión en partes abiertas de cotos de caza.

d) Ronda.

Jabalí al salto: para aquellos cotos que no hayan modificado el plan técnico para incluir esta modalidad de caza.

  • Información adicional sobre protección de datos
  • Cuadro periodos hábiles caza mayor
  • Cuadro periodos hábiles caza menor
Documentación relacionada
Información adicional sobre protección de datos

Información adicional sobre protección de datos

Modelo de solicitud

Modelo de solicitud

Solicitud jabalí al salto

Solicitud jabalí al salto

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación a presentar
Solicitud
La solicitud debe indicar los siguientes datos: a) Identificación del coto. b) Identificación titular del coto y solicitante. c) Identificación acción cinegética. d) En caso de captura en vivo: método empleado para la captura y finalidad.
Resguardo de abono de la tasa
El pago de la tasa se puede realizar a través de la pasarela de pagos de la Junta de Extremadura o presentando el modelo 50 en la entidad bancaria. Código de la tasa: 23025-5 Bonificaciones: - 50% para Sociedades Locales de Cazadores.
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