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Modificación de la superficie de un coto de caza

Descripción
Solicitud para la autorización de la ampliación o segregación de un coto de caza.
Finalidad

Este tramite permite solicitar la autorización para ampliar o segregar la superficie de un coto de caza.

Quién lo puede Presentar

1. Titular del coto (ampliación).

2. Persona propietaria del terreno o titular de los aprovechamientos cinegéticos (segregación).

Plazos de Presentación

No sujeto a plazo de presentación.

Órgano Gestor

Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida

Plazo de resolución

6 Meses

Efecto del silencio Administrativo
Estimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: No
Recursos que proceden: Recurso de alzada.

Normativa básica
  • Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Caza de Extremadura. (D.O.E. Nº 239, DE 15-12-10)
  • Ley 12/2014, de 19 de diciembre, de modificación de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, y de la Ley 18/2001, de14 de diciembre sobre tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE Nº 246, de 23-12-14)
  • Decreto 89/2013, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los terrenos cinegéticos y su gestión y se modifica el Decreto 91/2012, de 25 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la gestión cinegética y el ejercicio de la caza. (D.O.E. Nº 104, de 31-05-13)
  • Decreto 89/2013, de 28 de mayo. (TEXTO CONSOLIDADO con las modificaciones introducidas por el Decreto 34/2016, de 15 de marzo)
  • LEY 9/2019, de 5 de abril, por la que se modifican la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, y la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (D.O.E. Nº 70, de 10-04-2019)
Pago de tasas

Código de la tasa: 23028-2

Información Adicional

Requisitos
Ampliación:

1. Ostentar la titularidad de los aprovechamientos cinegéticos de los terrenos que se pretenden ampliar.

2. Que los terrenos a ampliar sean continuos al coto matriz.

3. Únicamente se pueden incluir partes de parcelas cuando se encuentren claramente diferenciadas sobre el terreno.

En caso de que los terrenos a ampliar se encuentren incluidos en otro coto deberá tramitarse previamente el correspondiente expediente de segregación.

Segregación:

- Ser titular del coto o propietario del terreno

Documentación

Ampliación:

1. Solicitud en modelo oficial.

2. Plano del coto firmado por técnico competente diferenciando la situación actual de la resultante tras la ampliación.

3. Documentación acreditativa de la titularidad, mediante alguna de las siguientes opciones:

a) Declaración responsable de que se ostenta la titularidad. En el caso de cotos sociales debe acompañarse el certificado de exposición pública en el tablón de anuncios del ayuntamiento durante 10 días. 

b) Contratos o documentos en los que se sustente la titularidad cinegética, en los siguientes casos:

1. Fincas de más de 50 hectáreas.

2. Solicitudes por personas distintas para un mismo terreno.

3. Reclamación sobre la propiedad o titularidad del terreno por persona distinta.

4. Atribución indebida de la titularidad en el curso del expediente.

En el caso de que la titularidad cinegética se acredite mediante declaración responsable, el órgano competente podrá en cualquier momento requerir la documentación en que se sustente la misma.

4. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50).

Código de la tasa: 23028-2

Segregación:

1. Solicitud en modelo oficial.

2. Cuando se solicite por la persona titular del coto, deberá aportar el plano diferenciando la situación actual de la resultante tras la segregación.

3. Cuando se solicite por la persona propietaria de los terrenos, deberá aportar la documentación acreditativa de la propiedad y el plano de las parcelas a segregar.

4. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50).

Código de la tasa: 23028-2

Más información
En los casos de cotitularidad en que no conste la designación de representante, todas las solicitudes deberán ir firmadas por todos los cotitulares.

Cuando la ampliación o segregación afecte a más del 25% de la superficie del coto, a más de 200 hectáreas o afecte sustancialmente al aprovechamiento autorizado, será necesaria la presentación de un nuevo plan técnico en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la autorización de ampliación o segregación.

El procedimiento de segregación se realizará de oficio en los siguientes casos:

a) Cuando sea necesario a consecuencia de la tramitación de un expediente de constitución o ampliación de un coto de caza.

b) Cuando los terrenos formen parte de un terreno cinegético bajo gestión pública.

Documentación relacionada
Declaración responsable

Declaración responsable de la titularidad cinegética

Información adicional sobre protección de datos

Información adicional sobre protección de datos

Modelo de contrato de arrendamiento cinegético

Modelo de contrato de arrendamiento cinegético

Modelo de contrato de cesión del aprovechamiento cinegético

Modelo de contrato de cesión del aprovechamiento cinegético

Solicitud Modificación de la superficie de un coto de caza

Solicitud para la autorización de la ampliación o segregación de un coto de caza.

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación a presentar
Solicitud
Solicitud en modelo oficial
Plano del coto
Plano del coto firmado por técnico competente, diferenciando la situación actual de la resultante tras la modificación (ampliación o segregación)
Documentación acreditativa de la titularidad
Solo para ampliación: Documentación acreditativa de la titularidad, mediante alguna de las siguientes opciones: a) Declaración responsable de que se ostenta la titularidad. En el caso de cotos sociales debe acompañarse el certificado de exposición pública en el tablón de anuncios del ayuntamiento durante 10 días. b) Contratos o documentos en los que se sustente la titularidad cinegética, en los siguientes casos: 1. Fincas de más de 50 hectáreas 2. Solicitudes por personas distintas para un mismo terreno 3. Reclamación sobre la propiedad o titularidad del terreno por persona distinta 4. Atribución indebida de la titularidad en el curso del expediente
Documentación acreditativa de la propiedad
Documentación acreditativa de la propiedad (solo segregración a instancia del propietario)
Resguardo de abono de la tasa
Modelo 50 Código: 12028-5
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