Requisitos
1. Cese en la titularidad de forma voluntaria o involuntaria.
2. Adquisición de la titularidad del aprovechamiento cinegético por el nuevo titular.
En la solicitud deberá indicarse si se somete al plan técnico vigente o si presenta nuevo plan. El nuevo plan deberá presentarse en el plazo de un mes desde que se notifique el cambio de titular. En caso de que no se presente en este plazo se entenderá que se somete al plan anterior.
Más información
Cambio de titular por cese voluntario en la titularidad:
Se puede solicitar en cualquier momento en que se produzca la transmisión de la titularidad.
Cambio de titular por cese involuntario en la titularidad:
Por inhabilitación del titular anterior, por fallecimiento, por extinción de la persona jurídica o similar.
En estos casos se concederá un plazo de 6 meses para solicitar el cambio de titular. Trasncurrido este plazo sin solicitarse, se dará de baja el coto.
Casos de cotitularidad:
Cuando se produzca el cese de alguno de los cotitulares, los que deseen mantener la titularidad del coto deberán solicitarlo en el plazo anterior y acreditar la titularidad de la superficie correspondiente, en su caso. Si no se solicita en plazo se inciará de oficio el expediente de segregación de la superficie afectada o de baja o cambio de titularidad, en su caso.
Información adicional sobre protección de datos