Finalidad
Este trámite permite la obtención de autorización para la realización de acciones cinegéticas destinadas a evitar los daños producidos por especies de caza en la agricultura, ganadería, fauna silvestre u otros bienes
Quién lo puede Presentar
a) Titular del bien afectado.
b) Titular del terreno.
c) Titular del coto.
Siempre que se trate de un coto de caza tendrá que solicitarlo el titular del mismo.
Plazos de Presentación
No sujeto a plazo de presentación.
Órgano Gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida
Recursos
Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: No
Recursos que proceden: Recurso de alzada.
Información Adicional
Requisitos
Existencia de un daño.
En caso de daños recurrentes, se podrán autorizar acciones cinegéticas de forma preventiva.
Más información
La persona que realice la acción cinegética deberá llevar consigo la documentación preceptiva para el ejercicio de la caza y la autorización original.
Cuando se realice por persona distinta del solicitante, además, deberá portar el permiso del titular de la autorización.