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Tutela de cazadores sin licencia de caza

Descripción

Finalidad

Este trámite permite solicitar la autorización para tutelar cazadores que no sean residentes en Extremadura y que no estén inscritos en el Registro de Cazadores de Extremadura.

Quién lo puede Presentar

1. Organizaciones profesionales de caza
2. Titulares de cotos de caza para tutelar en su propio coto

Plazos de Presentación

Con anterioridad al inicio de la temporada.

Órgano Gestor

Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida

Plazo de resolución

3 Meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: No
Recursos que proceden: Recurso de alzada.

Normativa básica
  • LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
  • LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura. Texto consolidado.
  • DECRETO 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética.

 

Pago de tasas

Código: 23045-6

Información Adicional

Requisitos
1. Tratarse de una organización profesional de caza inscrita en el registro.

2. Tratarse de titular de coto de caza para tutelar en su propio coto y encontrarse inscrito en el registro de organizaciones profesionales de caza.

3. Los cazadores tutelados deben cumplir los siguientes requisitos:

- No ser residentes en Extremadura.

- No encontrarse inscritos en el Registro de Cazadores de Extremadura.

- En caso de cazar con armas deben tener seguro obligatorio .

- No encontrarse inscritos en el Registro Extremeño de Infractores de Caza o en el Registro Nacional de Infractores de Caza y Pesca.

Más información
La autorización de tutela tiene validez para una temporada cinegética. La temporada cinegética abarca desde el día 1 de abril de cada año hasta el día 31 de marzo del año siguiente.

Una vez obtenida la autorización de tutela la organización profesional o la persona titular de coto podrán tutelar cazadores sin licencia. Las personas titulares de coto únicamente pueden tutelar en su propio coto.

Con anterioridad a la acción cinegética deberá abonarse la tasa correspondiente a cada cazador tutelado y acción de caza, conforme a lo siguiente:

1. En el detalle del concepto deben indicarse los datos del cazador tutelado, acción cinegética y fecha de la misma.

2. Código de la tasa: 23045-6.

a) Cuantías para caza mayor:

Por cada cazador para la temporada y primera acción de caza: 47,05 euros.
Por cada acción de más: 5,90 euros.
b) Cuantías para caza menor:

Por cada cazador para la temporada y primera acción de caza: 37,43 euros.
Por cada día de más: 1,96 euros.
El modelo 50 de cada cazador tutelado no debe remitirse al órgano competente.

La persona que represente a la organización profesional o el titular del coto autorizado para tutelar, deberán portar durante el desarrollo de la acción cinegética los siguientes documentos:

- Autorización de tutela.

- Resguardo de abono de la tasa (mod. 50) de cada cazador tutelado.

- Listado de participantes, en aquellos casos en que sea obligatorio.

Los cazadores tutelados, durante el desarrollo de la acción cinegética, deberán portar el permiso expedido por la organización profesional o titular de coto, además de la restante documentación obligatoria para la caza.

La organización profesional o la persona titular de coto serán responsables de que los cazadores tutelados cumplan los requisitos exigidos, siendo también responsables de las acciones cometidas por ellos en los términos previstos en la Ley de Caza.

Documentación relacionada
Información adicional sobre protección de datos

Información adicional sobre protección de datos

Instrucciones

Instrucciones

Modelo de permiso para cazadores tutelados

Modelo de permiso para cazadores tutelados

Parte de resultados

Parte de resultados

Solicitud Tutela de cazadores sin licencia

Solicitud Autorización para tutelar cazadores que no tengan licencia de caza de Extremadura.

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación a presentar
Solicitud
Parte de resultados de la temporada anterior
En caso de haber tenido autorización de tutela en la temporada anterior, deberá aportarse el parte de resultados.
Resguardo de abono de la tasa
Modelo 50 Código: 23045-6
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