Requisitos
Las empresas que pretendan obtener la autorización para la organización y explotación de las apuestas deberán cumplir, sin perjuicio de lo establecido en el presente reglamento, los siguientes requisitos:
a) Ostentar la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) Estar inscritas en el Registro de apuestas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Acreditar solvencia económica y financiera, por cualquiera de los medios previstos en las normas que regulan los contratos del sector público.
d) Acreditar solvencia técnica, electrónica, informática y de seguridad de las comunicaciones y de las transacciones.
e) Constituir la fianza establecida en el artículo 16 de este reglamento.
f) Tener inscrito, en el Registro de apuestas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el material necesario para la organización y explotación de las apuestas.
g) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de Extremadura.
h) Tener como objeto social principal o actividad empresarial principal la gestión, organización y explotación de juegos o apuestas. A los efectos previstos en este apartado, se entiende como actividad empresarial principal aquella en la que sea mayor el volumen de operaciones.
i) Las empresas constituidas en forma de sociedad mercantil contarán con un capital social mínimo de 1.000.000 euros, totalmente suscrito y desembolsado. La participación directa o indirecta del capital extracomunitario se ajustará a lo establecido en la legislación vigente sobre inversiones extranjeras en España.
j) Las empresas cuyo titular fuere una persona física deberán contar con un patrimonio neto de 1.000.000 euros, de acuerdo con las normas del Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas.
* Modificación y transmisión de la autorización para la organización y explotación de las apuestas.
Requerirán autorización las modificaciones de la autorización para la organización y explotación de las apuestas que impliquen:
a) Cambios en el sistema informático y en la tecnología empleada para la organización, gestión y seguridad de la información.
b) Solicitud de prórroga, caducidad o extinción para la autorización de organización y explotación de las apuestas, así como la novación modificativa de la ya concedida, en los casos de transferencia directa o indirecta, cambio de domicilio o de ubicación de los espacios o instalaciones donde haya de desarrollarse el juego y otras circunstancias similares.
c) Modificaciones de los órganos de administración y de los cargos directivos.