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Homologación e inscripción de los sistemas técnicos y demás material de apuestas

Descripción
Solicitud de homologación de los sistemas técnicos y demás material de apuestas para su inscripción en el Registro de Apuestas de Extremadura.
Finalidad

Control de los sistemas técnicos y materiales de apuestas, inscritos en el Registro de Apuestas de Extremadura.

Quién lo puede Presentar

Empresa titular de la autorización de organización y explotación de apuestas.

Plazos de Presentación

Durante todo el año.

Órgano Gestor

Consejería de Hacienda y Administración Pública
Dirección General de Tributos
Servicio de Juego
Paseo De Roma,
06800, Mérida

Plazo de resolución

3 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento:El titular de el/la Dirección General de Tributos
Fin vía administrativa:
No
Impugnación vía administrativa: No
Recursos que proceden: Recurso de reposición.

Normativa básica
  • Decreto 165/2014, de 29 de julio
Información Adicional

Requisitos
La empresa titular de la autorización de organización y explotación de apuestas deberá obtener la homologación de los sistemas técnicos empleados y su inscripción en el Registro de Apuestas de Extremadura, de forma previa a su puesta en funcionamiento.

Corresponde a la Dirección General competente en materia de juego la homologación de los sistemas técnicos, de los boletos y demás material de apuestas, elementos o instrumentos técnicos utilizados para la organización y explotación de las apuestas, incluidos aquellos sistemas o instrumentos técnicos que permitan la formalización informática, interactiva o a distancia de las apuestas.

Documentación relacionada
Modelo de inscripción de representación voluntaria

Modelo de inscripción de representación voluntaria para medios electrónicos.

Modelo de revocación de representación voluntaria

Modelo de revocación de representación voluntaria para medios electrónicos.

Solicitud de Homologación e inscripción de los sistemas técnicos y demás material de apuestas

Solicitud de homologación de los sistemas técnicos y demás material de apuestas para su inscripción en el Registro de Apuestas de Extremadura.

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación a presentar en el caso de Homologación
Solicitud de homologación e inscripción de los sistemas técnicos y demás material de apuestas
La empresa titular de la autorización de organización y explotación de apuestas presentará, en la Dirección General competente en materia de juego, la solicitud de homologación e inscripción de los sistemas técnicos y demás material de apuestas, que deberá ir acompañada de informe emitido por una entidad acreditada por la Dirección General competente en materia de juego en el que se justifique que los elementos objeto de homologación reúnen las condiciones técnicas exigidas en este reglamento. Toda modificación de los sistemas técnicos y demás material de apuestas homologados requerirá autorización previa. Cuando la modificación solicitada no fuera considerada sustancial por la Dirección General competente en materia de juego, ésta resolverá sobre ella sin más trámite. En caso contrario se exigirá la aportación de los documentos que especifiquen las variaciones producidas en los sistemas técnicos y demás material de apuestas homologados acompañados de nuevo informe de una entidad acreditada por la Dirección General competente en materia de juego.
Informe emitido por una entidad acreditada por la Dirección General competente en materia de juego en el que se justifique que los elementos objeto de homologación reúnen las condiciones técnicas exigidas en este reglamento
La empresa titular de la autorización de organización y explotación de apuestas presentará, en la Dirección General competente en materia de juego, la solicitud de homologación e inscripción de los sistemas técnicos y demás material de apuestas, que deberá ir acompañada de informe emitido por una entidad acreditada por la Dirección General competente en materia de juego en el que se justifique que los elementos objeto de homologación reúnen las condiciones técnicas exigidas en este reglamento.
Memoria describiendo los medios adoptados para cumplir con lo establecido en este reglamento
Para la homologación de los sistemas técnicos y demás material de apuestas, la empresa interesada deberá presentar una memoria describiendo los medios adoptados para cumplir con lo establecido en este reglamento, en el caso de los terminales informáticos de expedición de apuestas, de la Unidad Central de Apuestas y de los equipos de sistemas de comunicaciones, y una copia de la declaración de conformidad necesaria para el marcado CE emitida por una entidad acreditada por la Dirección General competente en materia de juego.
Copia de la declaración de conformidad necesaria para el marcado «CE» emitida por una entidad acreditada por la Dirección General competente en materia de juego.
Para la homologación de los sistemas técnicos y demás material de apuestas, la empresa interesada deberá presentar una memoria describiendo los medios adoptados para cumplir con lo establecido en este reglamento, en el caso de los terminales informáticos de expedición de apuestas, de la Unidad Central de Apuestas y de los equipos de sistemas de comunicaciones, y una copia de la declaración de conformidad necesaria para el marcado CE emitida por una entidad acreditada por la Dirección General competente en materia de juego.
Documentación a presentar en el caso de Convalidación
Asiento de inscripción en el Registro de Juego de que se trate, en caso de que se exija en dicha Administración
Los sistemas técnicos y demás material de apuestas homologados por otra Administración Pública podrán ser convalidados por la Dirección General competente en materia de juego, mediante la presentación del asiento de inscripción en el Registro de Juego de que se trate, en caso de que se exija en dicha Administración, así como de un informe emitido por una entidad acreditada ante cualquier Administración Pública en el que conste que los elementos, cuya homologación se pretende convalidar, reúnen las condiciones técnicas exigidas en este reglamento.
Informe emitido por una entidad acreditada ante cualquier Administración Pública en el que conste que los elementos, cuya homologación se pretende convalidar, reúnen las condiciones técnicas exigidas en este reglamento.
Los sistemas técnicos y demás material de apuestas homologados por otra Administración Pública podrán ser convalidados por la Dirección General competente en materia de juego, mediante la presentación del asiento de inscripción en el Registro de Juego de que se trate, en caso de que se exija en dicha Administración, así como de un informe emitido por una entidad acreditada ante cualquier Administración Pública en el que conste que los elementos, cuya homologación se pretende convalidar, reúnen las condiciones técnicas exigidas en este reglamento.
Modificación
Documentos que especifiquen las variaciones producidas en los sistemas técnicos y demás material de apuestas
Toda modificación de los sistemas técnicos y demás material de apuestas homologados requerirá autorización previa. Cuando la modificación solicitada no fuera considerada sustancial por la Dirección General competente en materia de juego, ésta resolverá sobre ella sin más trámite. En caso contrario se exigirá la aportación de los documentos que especifiquen las variaciones producidas en los sistemas técnicos y demás material de apuestas homologados acompañados de nuevo informe de una entidad acreditada por la Dirección General competente en materia de juego.
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