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Registro de Entidades de Control de Calidad de la Construcción y Obra Pública de Extremadura

Descripción

Finalidad

Este trámite permite el Registro de Entidades de Control de Calidad de la Construcción y Obra Pública de Extremadura con el objeto de: Informar sobre la actividad de control de calidad de la construcción y obra pública que sea necesaria para el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de control de calidad de las obras, en particular sobre aquellas actividades sometidas a un régimen de declaración responsable. Incrementar la transparencia y el control público de los instrumentos necesarios a los distintos agentes intervinientes en el proceso constructivo. Suministrar a los servicios competentes de las Administraciones Públicas los datos precisos para la elaboración de directorios o estadísticas en esta materia.

Quién lo puede Presentar

Entidades de Control, que tengan su domicilio social o profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, consideradas como las personas físicas o jurídicas capacitadas para prestar asistencia técnica en la verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra y sus instalaciones, de acuerdo con el proyecto y la normativa aplicable, y consecuente emisión de informes de resultados de las actividades realizadas.

Plazos de Presentación

Durante todo el año, previamente al inicio de la actividad.

Órgano Gestor

Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
Servicio de Arquitectura, Calidad y Eficiencia Energética
Avenida de las Comunidades, S/N
06800, Mérida

Plazo de resolución

No tiene

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Arquitectura, Calidad y Eficiencia Energética
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: No

Normativa básica

Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (B.O.E. nº 308, de 23-12-09)
Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, por el que se desarrollan los requisitos exigibles a las entidades de control de calidad de la edificación y a los laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación, para el ejercicio de su actividad (B.O.E. Nº 97, DE 22-04-10) Decreto 19/2013, de 5 de marzo, por el que se regula el control de calidad de la construcción y obra pública (D.O.E. Nº 47, DE 08-03-13)

Pago de tasas

Sin tasa asociada

Información Adicional

Acceso a datos del Registro de Entidades de Control de Calidad de la Construcción y Obra Pública de Extremadura Acceso al Registro General de entidades de control de calidad de la edificación-Ecce, según la Sección 5ª del Código Técnico de la Edificación.

Documentación relacionada
Centros Asistencia Técnica

Centros Asistencia Técnica

Guía de entidades

Guía de entidades

Relación de documentos de entidades

Relación de documentos de entidades

Solicitud Registro de Entidades de Control de Calidad de la Construcción y Obra Pública

Solicitud de inscripción, previo al inicio de la actividad, en el Registro de Entidades de Control de Calidad de la Construcción y Obra Pública de Extremadura.

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación a presentar en el caso de particulares
Declaración Responsable
Las Entidades que tengan su domicilio social o profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, deberán presentar, ante la Dirección General que tenga atribuidas las competencias en materia de control de calidad, necesariamente para el ejercicio de la actividad y previo al inicio de la misma, La Declaración Responsable según el modelo adjunto, en la que la persona titular de una actividad empresarial o profesional, o su representante legal, declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos que se exigen por el Decreto 19/2013, de 5 de marzo, que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a mantener su cumplimiento durante toda la vigencia de la actividad.
Documentación a presentar con carácter general
Aquellas entidades que presten su asistencia desde distintos centros, deberán declarar sus emplazamientos e identificar la asistencia técnica que prestan desde cada uno de ellos.
Aquellas entidades que presten su asistencia desde distintos centros, deberán declarar sus emplazamientos e identificar la asistencia técnica que prestan desde cada uno de ellosAsimismo, incluirán en su declaración los campos y fases de actuación en los que vayan a prestar su asistencia técnica, identificando el procedimiento técnico que utiliza. Aquellas entidades que presten su asistencia desde distintos centros, deberán declarar sus emplazamientos e identificar la asistencia técnica que prestan desde cada uno de ellos. Asimismo, incluirán en su declaración los campos y fases de actuación en los que vayan a prestar su asistencia técnica, identificando el procedimiento técnico que utiliza.
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