Finalidad
Por razones de interés público y, excepcionalmente y de forma motivada, por razones de interés particular, se podrán autorizar ocupaciones de carácter temporal, siempre que tales ocupaciones no alteren el tránsito ganadero, ni impidan los demás usos compatibles y complementario con aquél.
Quién lo puede Presentar
Personas físicas o jurídicas. Administraciones Públicas
Órgano Gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia
Servicio de Infraestructuras Rurales
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida
Recursos
Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: No
Recursos que proceden: Recurso de alzada.
Información Adicional
Solicitud y Documentación a presentar publicada en el Decreto 65/2022 de 8 de Junio