Reducción de la multa por pronto pago:
1. Procedimiento general:
- 20% por reconocimiento de la infracción antes de la resolución.
- 20% por pago de la multa antes de la resolución.
Estos porcentajes son acumulables.
2. Procedimiento en materia de caza o pesca:
- 50% por pago voluntario antes de finalizar el plazo de alegaciones al pliego de cargos.
No acumulable a los anteriores.
Las reducciones no se aplican a la cuantía de la indemnización, en su caso.
La cuantía de las indemnizaciones se fija en la Orden General de Vedas.
La resolución sancionadora será ejecutiva cuando no quepa contra ella ningún recurso ordinario en vía administrativa.