Deben solicitar la autorización o reconocimiento de compatibilidad para el desempeño de segundas actividades públicas o actividades privadas, con carácter previo a su ejercicio, todos los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su sector público institucional: funcionarios, laborales o estatutarios (incluidos también los funcionarios interinos, laborales temporales y personal eventual que no tenga la consideración de cargo públic
Quienes fueran llamados para incorporarse a un puesto público, desde bolsa de trabajo o por superar un proceso selectivo, deberán solicitar y tener reconocido con carácter previo a su incorporación (y/o toma de posesión) la autorización o reconocimiento de compatibilidad de cualesquiera segunda actividad pública o actividad privada susceptible de compatibilidad.
Exclusiones: De este procedimiento queda excluido el personal docente no universitario, el sujeto al ambito sanitario y el adscrito al Servicio Extremeño de Salud que tiene su propio procedimiento y órgano competente para resolver.