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Adhesión y baja de los municipios a la Red de Teatros y otros espacios escénicos

Descripción

Solicitud de los municipios para su incorporación en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura

Finalidad

Optimizar los recursos disponibles y procurar una programación estable y de calidad de artes escénicas y musicales en nuestra región.

Quién lo puede Presentar

Todos los municipios de Extremadura que dispongan de espacios escénicos, en propiedad, en alquiler o cesión de uso y que reúnan los requisitos establecidos.

Plazos de Presentación
14/01/2025 00:00:00 -
Órgano Gestor

Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Secretaría General de Cultura
A11029930- Servicio de Promoción Cultural
Avenida Valhondo,
06800, Mérida

Plazo de resolución

3 meses

Efecto del silencio Administrativo
Estimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Fin vía administrativa:
Sí
Impugnación vía administrativa: Sí
Recursos que proceden: Recurso potestativo de reposición.

Normativa básica
  • DECRETO 152/2024, de 12 de diciembre, por el que se regula la Red de teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música y se aprueba la primera convocatoria.
  • EXTRACTO del Decreto 152/2024, de 12 de diciembre, por el que se regula la Red de teatros y otros espacios escénicos de Extremadura, se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música y se aprueba la primera convocatoria.
Pago de tasas

Sin tasa asociada

Información Adicional

Requisitos
Los municipios deberán disponer de un espacio escénico, recursos humanos y económicos que cumplan las siguientes características:

1. Espacio escénico cerrado y cubierto y equipamiento escénico:

a) Escenario:

Medidas mínimas: ancho 7 metros, fondo 5 metros y altura al menos 3,5 metros.
Cámara negra (incluido el suelo del escenario).
Suelo de madera donde se pueda clavar o fijar con tornillos los decorados (750 kg/m).
Posibilidad de poner la sala a oscuras.
Facilitar el acceso para carga y descarga.
b) Iluminación:

Instalaciones mínimas:

Tres varas electrificadas (frontal, cenital y de contra) preferentemente motorizadas o con mecanismo que permita puedan bajarse y subirse sin dificultad, con al menos 12 tomas cada una y de 5 cm de diámetro.
- Potencia: 20 KW con toma/s de corriente.

- Tensión de acometida 3x380V+N+TT.

c) Camerinos:

Dos camerinos convenientemente iluminados y climatizados, con espejos, perchas y sillas.
Dos baños.
2. Adicionalmente, los municipios integrados en la red con al menos un espacio de los especificados en el apartado 1 anterior, podrán solicitar la incorporación de otro espacio cerrado y no cubierto, que deberá cumplir con las características señaladas en el apartado anterior, excepto la necesidad de que el suelo sea de madera, siempre que se puedan clavar o fijar con tornillos los decorados, y la posibilidad de poner la sala a oscuras.

3. Recursos económicos:

Los municipios integrantes de la red destinarán un presupuesto anual mínimo que garantice el desarrollo adecuado de la programación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura solicitada.

Este presupuesto debe ser suficiente para dar cobertura al porcentaje no subvencionado o a la cuantía que exceda el importe máximo de las ayudas.

4. Recursos humanos:

a) Una persona responsable de la gestión del espacio escénico y de la ejecución de la programación de la red en el municipio.

b) Un/a técnico/a responsable de sala, que bien pudiera ser la misma persona responsable de la gestión mencionado en el apartado anterior, que será la encargada desde la apertura hasta el cierre de la misma, haciéndose cargo de cualquier eventualidad que surja durante la jornada de trabajo.

c) Se deberá garantizar la disponibilidad de otros recursos humanos fijos o eventuales, necesarios para el desarrollo de la actividad que se programa, como personal para carga y descarga, maquinistas, técnico/a de sonido e iluminación y técnicos/as electricistas.

5. Mantener los locales incluidos en la red en actividad continuada y habilitar en los presupuestos Municipales una partida económica que garantice los gastos de conservación y mantenimiento de los mismos.

6. Realizar una programación estable, teniendo que contratar al menos 6 espectáculos de los presentados en la oferta de la red (cuatro en el primer procedimiento y dos en el segundo). En el caso de que sólo se convoquen ayudas para una de las dos ofertas, el número obligatorio de contratos a realizar será el mínimo correspondiente para el período ofertado.

7. Atender las necesidades técnicas adicionales requeridas para el desarrollo de los espectáculos.

Documentación relacionada
Solicitud

Solicitud adhesión.pdf

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación a presentar
Solicitud
a) Certificado de acuerdo del órgano competente
Certificado de acuerdo del órgano competente en el que se apruebe: Solicitar la incorporación a la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura con pleno sometimiento a las normas establecidas. Facultar a la persona que ostente la representación del Ayuntamiento para que firme cuantos documentos sean necesarios para ello. Comprometer anualmente el presupuesto necesario para hacer frente a los gastos derivados de la programación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura.
b) Planos visados de planta y alzado del escenario, foso, sala y resto de espacios complementarios.
Planos visados de planta y alzado del escenario, foso, sala y resto de espacios complementarios.
c) Certificación del técnico/a municipal sobre el cumplimiento de los requisitos mínimos de espacio y equipamiento escénico.
Certificación del técnico/a municipal sobre el cumplimiento de los requisitos mínimos de espacio y equipamiento escénico.
d) Certificación de la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento
Certificación de la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento en la que se especifique: La propiedad, alquiler o cesión del edificio, especificando en estos dos últimos casos el período alquilado o cedido. Los contratos del personal técnico y profesional destinados al edificio en cuestión (haciendo constar expresamente la categoría y funciones realizadas por cada uno de ellos).
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