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Certificado de tienda de conveniencia

Descripción

Finalidad

Certificar como tienda de conveniencia a los establecimientos comerciales que lo soliciten.

Quién lo puede Presentar

Establecimientos comerciales que cumplan los requisitos aquí establecidos.

Plazos de Presentación
28/01/2025 00:00:00 -
Órgano Gestor

Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
Servicio de Comercio Interior y Artesanía
Paseo de Roma, s/n
06800, Mérida

Plazo de resolución

3 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Comercio Interior y Artesanía
Fin vía administrativa:
No
Impugnación vía administrativa: No
Recursos que proceden: No procede recurso.

Normativa básica
  • Ley 3/2002, de 9 de mayo, de Comercio de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Texto consolidado)
Pago de tasas

Sin tasa asociada

Información Adicional

Requisitos
Las tiendas de conveniencia son aquellas que, con unas extensión útil no superior a 500 metros cuadrados, permanezcan abiertas al público al menos dieciocho horas al día y distribuyan su oferta, en forma similar, entre libros, periódicos y revistas, artículos de alimentación, discos y vídeos, juguetes, regalos y artículos varios. En todo caso, la oferta alimentaria no podrá representar más del 40% del surtido, medido en número de referencias, ni ocupar más del 35% de espacio de venta medido en metros lineales, debiendo limitar la venta de bebidas alcohólicas a lo dispuesto en la Ley 2/2003, de 13 de marzo, de la Convivencia y el Ocio de Extremadura (prohibición de venta de bebidas alcohólicas de 22:00 a 7:00 del día siguiente).

Documentación relacionada
Declaración responsable

Declaración responsable

Declaración responsable. Beneficios fiscales. mod7

Declaración responsable. Beneficios fiscales. mod713R

Solicitud

Solicitud

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación a presentar
Solicitud
Declaración responsable
Declaración responsable para la aplicación de los beneficios fiscales por inicio o ampliación de actividad empresarial o profesional
Justificante de pago de la tasa
Justificante de pago de la tasa por tramitación de la solicitud del certificado de tienda de conveniencia. Se deberá consignar en el modelo 50 el código de la tasa 14017-4 y el importe correspondiente (el importe íntegro de la tasa: 86,63 €, el importe aplicando la bonificación del 50%: 43,32 € , o por importe 0€ si está exento del pago).
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