Requisitos
1. Para la inscripción en la sección 2º (viviendas protegidas de nueva construcción):
a) Poseer nacionalidad española o residencia legal en España.
b) Hallarse empadronados (cualquiera de las personas demandantes) en el municipio a que se refiera la demanda, el cual deberá radicar en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) No ser titular o cotitular, en un porcentaje igual o superior al 50%, del pleno dominio sobre alguna vivienda protegida. Se exceptúan quienes se hayan visto privados del uso y disfrute de la vivienda que constituía el domicilio conyugal, por separación, divorcio o nulidad del matrimonio.
d) Disponer de unos ingresos anuales iguales o superiores al IPREM y que no excedan de los límites que seguidamente se relacionan:
Vivienda régimen especial < 4,5
Vivienda régimen general < 5,5
Viviendas medias < 7,5
e) Declarar responsablemente que cumplen los requisitos para acceder a la propiedad o arrendamiento de la vivienda demandada.
f) No hallarse la propia persona demandante, ni ningún miembro de su unidad de convivencia, previamente inscrito en el Registro.
2. No podrán acceder al Registro las personas que, en los 12 meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud, hubieren incurrido en:
a) Falsedad, inexactitud u omisión, de carácter esencial, en la información facilitada
b) Incumplimiento de las obligaciones.
c) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control
Documentación
OBLIGATORIA
Salvo consentimiento para su consulta en las bases de datos de las distintas administraciones:
a) Copia del documento nacional de identidad (DNI) o número de identidad de extranjero (NIE) de las personas demandantes y del resto de integrantes de su unidad de convivencia, así como de la persona que ejerza la representación, en sus respectivos casos.
b) Certificación del Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria en el que se hagan constar los bienes inmuebles de naturaleza urbana, de los que sean propietarias o usufructuarias las personas demandantes -y el resto integrantes de su unidad de convivencia en caso de demandantes de vivienda de promoción pública-.
c) Documento acreditativo del histórico de residencia y de convivencia de las personas demandantes, y de su unidad de convivencia en su caso, que acredite el empadronamiento en el municipio señalado en primer término en la solicitud, en caso de demandantes de vivienda de promoción pública. Para el resto de los demandantes bastará con que el documento se refiera a las personas demandantes.
d) Certificado de renta con código seguro de verificación, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, correspondiente al período impositivo vencido, inmediatamente anterior al de la presentación de la solicitud. A tal efecto también se admitirá la copia de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) referida a dicho periodo impositivo. En caso de que la persona afectada no estuviere obligada a presentar declaración de IRPF, deberá aportarse certificación acreditativa expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.