Requisitos
a) Tener cubierto el puesto de trabajo agrupado por cualquiera de las formas previstas en los artículos 27.1, 49, 51 y 53 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter general.
b) No estar incurso en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición de beneficiarios en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Haber remitido a la Dirección General competente en materia de administración local, copia de la Liquidación del Presupuesto General de la Corporación correspondiente al último ejercicio liquidado, de los dos inmediatamente anteriores al de la fecha de solicitud de las ayudas.
d) Haber remitido a la Dirección General competente en materia de administración local, copia del Presupuesto del ejercicio en que se solicita la subvención o, en su caso, comunicación de la prórroga del Presupuesto del ejercicio anterior.
Cuantía
El crédito para atender estas ayudas asciende a ciento cincuenta mil euros (150.000 euros).
Fuente de Financiación:
Será financiada por la Junta de Extremadura en colaboración con la Diputación Provincial en cuyo territorio se asiente la entidad local beneficiaria de la ayuda.