Requisitos
Puede solicitarlo cualquier persona, física o jurídica. Para ello, deberá cumplimentar el modelo de solicitud normalizado y dirigirlo al Registro correspondiente, acompañado, en su caso, del pago de la tasa.
El Registro de Sociedades Cooperativas sólo podrá atender solicitudes de publicidad formal en masa cuanto tengan por objeto otorgar seguridad en el comercio, o cuando lo soliciten Administraciones públicas para el ejercicio de sus competencias, o personas físicas o jurídicas con la finalidad de realizar investigaciones científicas, acciones de formación sin ánimo de lucro, o cualesquiera que, de naturaleza análoga a las anteriores, redunden en beneficio del cooperativismo extremeño. En estos supuestos, en lugar de certificación o de la copia podrán remitirse al solicitante listados extraídos de las bases de datos del Registro.