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Certificación registral en Registros de Sociedades Cooperativas y de Sociedades Laborales de Extremadura

Descripción

Certificación registral en Registros de Sociedades Cooperativas y de Sociedades Laborales de Extremadura

Finalidad

La solicitud de certificación registral del contenido de los actos inscritos en el Registro de Sociedades Cooperativas y en el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura .

Quién lo puede Presentar

Personas interesadas en conocer actos inscritos de este tipo de sociedades.

Plazos de Presentación
03/11/2025 08:59:00 -
Órgano Gestor

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Cooperativas y Economía Social
Servicio de Cooperativas y Sociedades Laborales
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida

Plazo de resolución

3 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Cooperativas y Sociedades Laborales
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: Sí
Recursos que proceden:
Recurso de alzada.

Normativa básica
  • LEY 9/2018, de 30 de octubre, de sociedades cooperativas de Extremadura
  • LEY 8/2006, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Especiales de Extremadura
  • Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.
  • Ley 44/2015, de 14 de octubre, de Sociedades Laborales y Participadas
  • Real Decreto 2114/1998, de 2 de octubre, sobre Registro Administrativo de Sociedades Laborales
  • DECRETO 172/2002, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura
  • DECRETO 46/2006, de 21 de marzo, por el que se reforma el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, aprobado por el Decreto 172/2002, de 17 de diciembre.
Información Adicional

Requisitos
Puede solicitarlo cualquier persona, física o jurídica. Para ello, deberá cumplimentar el modelo de solicitud normalizado y dirigirlo al Registro correspondiente, acompañado, en su caso, del pago de la tasa.

El Registro de Sociedades Cooperativas sólo podrá atender solicitudes de publicidad formal en masa cuanto tengan por objeto otorgar seguridad en el comercio, o cuando lo soliciten Administraciones públicas para el ejercicio de sus competencias, o personas físicas o jurídicas con la finalidad de realizar investigaciones científicas, acciones de formación sin ánimo de lucro, o cualesquiera que, de naturaleza análoga a las anteriores, redunden en beneficio del cooperativismo extremeño. En estos supuestos, en lugar de certificación o de la copia podrán remitirse al solicitante listados extraídos de las bases de datos del Registro.

Documentación relacionada
(MODELO 18 BIS) SOL PUBLICIDAD FORMAL EN MASA.doc

(MODELO 18 BIS) SOL PUBLICIDAD FORMAL EN MASA.doc Modelo 18 bis

MODELO 18

MODELO 18

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación obligatoria
Solicitud
Solicitud de certificación de actos inscribibles (Modelo 18) o solicitud de publicidad formal en masa (Modelo 18 bis).
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