Podrán ser acreditadas como Entidades prestadoras de los servicios incluidos en el Marco de Atención a la Discapacidad de Extremadura (MADEX), todas aquellas Entidades Públicas y Privadas sin ánimo de lucro de la Comunidad Autónoma de Extremadura que presten alguno de los servicios de atención especializada a personas con discapacidad establecidos en el artículo 4, en las condiciones y con los requisitos establecidos en el Título II del Decreto 151/2006.
Los servicios de atención especializada dirigidos a las personas con discapacidad que integran el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura son los que se relacionan a continuación:
- Servicio de Atención Temprana.
- Servicio de Habilitación Funcional.
- Servicio de Centro de Día.
- Servicio de Centro Ocupacional.
- Servicio de Residencia para personas con discapacidad y necesidades de apoyo extenso o generalizado.
- Servicio de Residencia y Vivienda Tutelada para personas con discapacidad y necesidades de apoyo intermitente o limitado.