Requisitos
No podrán obtener la condición de beneficiarias, las entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias a que se refiere el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A efectos de acreditar el cumplimiento de los citados extremos, las entidades solicitantes efectuarán declaración responsable, dirigida al órgano que ha de otorgar la subvención, que se incluirá en la solicitud de subvención.
Requisitos de viabilidad de los proyectos.
El órgano instructor para apreciar la viabilidad de un proyecto deberá comprobar la concurrencia en el mismo de los siguientes requisitos:
a) Que existan en el ámbito geográfico al que se refiera el proyecto un número suficiente de personas desempleadas del colectivo específico al que va dirigido, considerando suficiente cuando según los datos obrantes en el sistema de información de los servicios públicos de empleo conste inscritos un mínimo de tres personas del grupo objetivo por participante.
b) Que se disponga para la ejecución del proyecto de los recursos humanos, espacios, instalaciones, y equipamientos adecuados para el desarrollo del proyecto, tomando como referencia para la impartición de la formación lo establecido en el catálogo de especialidades formativas. En caso de no existir referente formativo, se establecerá un paralelismo con alguna especialidad análoga que será comprobada por el órgano competente para instruir.
c) Que los entornos de actuación objeto de la obra y/o servicio se encuentren disponibles para su ejecución. A este respecto las entidades promotoras deberán acreditar la propiedad o cesión de los entornos, y aportar, en su caso las autorizaciones y permisos administrativos preceptivos.
d) Que se adecuen los módulos formativos a los de los certificados de profesionalidad o, en el caso de que la formación no sea conducente a la obtención de certificados de profesionalidad, a los de las correspondientes cualificaciones profesionales o, en su defecto, a los de las especialidades del Catálogo de Especialidades del Servicio Estatal Público de Empleo o por los contenidos formativos autorizados por el Servicio Extremeño Público de Empleo. Asimismo, los módulos formativos complementarios deberán diseñarse respetando las prescripciones establecidas en el Decreto.
e) Que las unidades de obra y/o servicios que constituyan la práctica profesional sean suficientes para el número de participantes y tiempo de trabajo efectivo del proyecto y estén relacionadas con las competencias profesionales de los módulos formativos.
f) Contar con los compromisos de contratación en firme de empresas de acuerdo con la regulación establecida en el artículo 21.1 y concordantes del Decreto.
Cuantía
La cuantía total máxima de la subvención se determinará en la resolución de concesión y estará compuesta por la suma de los importes de los gastos subvencionables de los módulos A, B y de los costes salariales y seguridad social de los contratos del alumnado-trabajador, a cuyos efectos, se fijan los siguientes módulos:
Módulo A: a razón de los siguientes costes unitarios:
Docente y personal técnico de acompañamiento contratado durante todo el período de 6 meses y 14 días :17.090,03 €.
* Si se hace labores de coordinación durante todo el período de seis meses y catorce días por uno de ellos: 18.095,35 €.
Módulo B: por importe del 25% de los costes directos del personal subvencionables del Módulo A que se consideren correctamente justificados.
Módulo Salario y seguridad social alumnado-trabajador: el 75% del salario mínimo interprofesional anualmente establecido, incluida la parte proporcional de una paga extraordinaria. Así mismo se subvencionará la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador correspondientes por todos los conceptos que establezca la normativa vigente en el momento de la concesión.
La ejecución deberá ajustarse a la distribución acordada en la resolución de concesión, no pudiendo compensarse los módulos entre sí.
El importe de la convocatoria de subvenciones será financiado con cargo al proyecto de gasto Programa Colaborativo Rural, fuente de financiación FS, por importe de 7.500.000 euros, en un porcentaje del 85% por el Fondo Social Europeo + Programa Extremadura FSE + 2021_2027, y con cargo al proyecto de gasto Colaborativo rural entidades, fuente de financiación TE, por importe de 1.180.000 euros.
Más información
Los Anexos I BIS, II y III deberán ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicado en la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote, para ser posteriormente impresos y presentados.
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