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Ayudas nuevas contrataciones o mantenimiento como fomento de conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral 2026

Descripción

Ayudas a la contratación de personas desempleadas o en riesgo de vulnerabilidad para el cuidado, a domicilio, de hijos o de hijas menores de 14 años o familiar de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral.

Finalidad

Mejorar la empleabilidad de las personas trabajadoras de Extremadura, propiciando fórmulas para conciliar que permitan el acceso y la permanencia en el mercado laboral, además de mejorar el acceso a recursos que permitan conciliar a trabajadores y trabajadoras del medio rural, con menores posibilidades y recursos que las poblaciones de mayor tamaño y, por último, motivar hacia el empleo en el sector de los cuidados a personas desempleadas e inactivas o aquellas que puedan encontrase en situación de vulnerabilidad.

Quién lo puede Presentar

Personas físicas que realicen nuevas contrataciones o al mantenimiento de contratos suscritos a partir del 1 de enero de 2024 de personas desempleadas o en riesgo de vulnerabilidad para el cuidado, a domicilio, de hijos o de hijas menores de 14 años o familiares de primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, en el marco de las políticas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y corresponsabilidad entre mujeres y hombres de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Plazos de Presentación
21/01/2026 00:00:00 - 30/10/2026 23:59:00
Órgano Gestor

Presidencia de la Junta de Extremadura
Secretaría General de Igualdad y Conciliación
Unidad de Planificación, Coordinación, Seguimiento y Evaluación
Plaza Del Rastro,
06800, Mérida

Presidencia de la Junta de Extremadura
Secretaría General de Igualdad y Conciliación
Plaza Del Rastro,
06800, Mérida

Plazo de resolución

3 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Igualdad y Conciliación
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: No
Recursos que proceden: Recurso de reposición.

Normativa básica
  • DECRETO 164/2025, de 2 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a nuevas contrataciones o al mantenimiento de contratos suscritos con personas empleadas de hogar, como medida de fomento para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias extremeñas, y se aprueba la primera convocatoria
Información Adicional

Requisitos
Ser mayor de edad.
Realizar la actuación subvencionable.
Residir y figurar empadronada junto con el hijo o la hija menor de 14 años o el familiar de primer o segundo grado de consanguineidad o afinidad con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, para cuyo cuidado se contrata a una persona, en un Municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Convivir con la hija o el hijo menor de 14 años, o familiar con discapacidad reconocida igual o superior al 33%. En los casos en los que exista un acuerdo de custodia compartida, se computará el tiempo de convivencia y el cálculo del período objeto de la subvención en proporción, según los términos del citado acuerdo.
La persona beneficiaria y en su caso, su pareja conviviente, deberán ejercer una actividad retribuida por cuenta ajena o por cuenta propia.
Habrá de figurar como titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona contratada.
Ninguno de los integrantes de la unidad familiar podrá encontrarse en situación de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento y cuidado de persona menor en el marco de la normativa de la Seguridad Social.
En ningún caso podrán ser beneficiarias de esta ayuda las personas progenitoras privadas de la patria potestad de sus hijas o hijos, o si su tutela o guarda fue asumida por una institución pública.
La persona beneficiaria no puede estar incursa en prohibición para obtener la condición de beneficiaria de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Todos estos requisitos deben cumplirse en el momento que se formule la solicitud de ayuda y mantenerlos mientras dure la actividad subvencionable.

Cuantía
La cuantía de la ayuda estará destinada a sufragar los costes de contratación de la persona que preste el servicio de cuidados en el domicilio por el periodo solicitado y/o con fecha límite el 31 de diciembre de 2026.

La cuantía de la ayuda será la determinada en la siguiente escala la cual está calculada teniendo en cuenta las bases de cotización por contingencias comunes para las personas empleadas y las horas trabajadas.

Tramo

Retribución mensual

Euros/mes

Máximo de horas trabajadas al mes

Base de cotización

Euros/mes

Cuantía mensual de la Subvención €/mes
1.° Hasta 319,00€

20

296,00 € 222 €
2° Desde 319,01 hasta 495,00 € 40 423,00 € 317,25 €
3.°

Desde 495,01 hasta 672,00 €

72 584,00 € 438 €
4.° Desde 672,01 hasta 850,00 € 92 761,00 € 570,75 €
5.° Desde 850,01 hasta 1.029,00 € 111

941,00 €

705,75 €
6.°

Desde 1.029,01 hasta 1.204,00 €

130

1.116,00 €

837 €

7.° Desde 1.204,01 hasta 1.381,20 € 150 1.381,20 € 1.035,90 €
8.° Desde 1.381,21€ 160 Retribución mensual 1.100 €

La cuantía se incrementará en un 10% en los supuestos en los que la persona solicitante resida en un municipio en cuyo padrón municipal actualizado a fecha de 31 de diciembre el año anterior a la convocatoria, consten menos de 5000 habitantes. Asimismo, podrá incrementarse en un 10% si la persona a la que se contrata para el cuidado en el domicilio es víctima de violencia de género, y otro 10% si la unidad familiar es monoparental. Estos porcentajes podrán acumularse hasta un máximo de 1.100 euros mensuales.

La cuantía de la ayuda no podrá superar los 1.100 euros mensuales en 12 pagas.

Documentación relacionada
Anexo I. Solicitud

Anexo I. Solicitud

Anexo II

Anexo II. Acreditación de la situación de vulnerabilidad de la persona contratada

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación a presentar
Anexo I. Solicitud
Libro de familia o documento análogo
Documento de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.
Tarjeta de demanda de empleo de la persona contratada, en su caso.
Contrato de trabajo suscrito
Certificado de delitos de naturaleza sexual de la persona contratada
Certificado de delitos de naturaleza sexual de la persona contratada, conforme a la Ley Orgánica 1/1996, de Protección Jurídica del Menor, modificada por la Ley 26/2015 y la Ley 45/2015, de Voluntariado que establece la obligación de que se aporten certificados negativos del Registro Central de Delincuentes Sexuales para todos los profesionales y voluntarios que trabajan en contacto habitual con menores.
Vida laboral del cónyuge o pareja de la persona solicitante de la ayuda, en caso de no ser familia monoparental.
Resolución judicial, administrativa o documento análogo constitutivo de la adopción
En los supuestos de adopción o acogimiento de hijo o hijas, se deberá aportar resolución judicial, administrativa o documento análogo constitutivo de la misma.
Sentencia o convenio regulador ratificado por el juzgado, en caso de nulidad, separación o divorcio
En el caso de custodias compartidas u otro régimen de separación, deberá aportarse sentencia o convenio regulador ratificado por el juzgado, en caso de nulidad, separación o divorcio.
Pasaporte o documento de identidad
Los solicitantes que no tengan nacionalidad española, si es nacional de Estados miembros de la Unión Europea, de Estados parte en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo y de Suiza, se deberá aportar el pasaporte o documento de identidad válido en vigor, así como el certificado de registro como residente comunitario. En el caso de que el solicitante fuere cónyuge de nacional de Estados miembros de la Unión Europea, Estados parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo y de Suiza, deberá aportar el documento acreditativo de dicha circunstancia al no estar habilitados los mecanismos de transmisión de datos entre administraciones.
Modelo de Alta a Terceros en el supuesto de no figurar de alta en el Sistema de Terceros de la Junta de Extremadura.
Certificado acreditativo de la discapacidad reconocida igual o superior al 33% del familiar dependiente, en su caso.
Documentación acreditativa del cumplimiento de alguno o algunos de los criterios de vulnerabilidad recogidos en el Anexo II del presente decreto.
Certificado de empadronamiento de la persona contratada
Certificado de empadronamiento de la persona contratada.
Documentacióna presentar en caso de oponerse de forma expresa
Informe de vida laboral de la persona solicitante de la ayuda.
Certificado de convivencia
Certificado de convivencia en el que se haga constar todas las personas que conviven en el domicilio de quien solicita la ayuda.
Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias con la seguridad social
Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias con la Hacienda Autonómica
Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal
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