Requisitos
Ser mayor de edad.
Realizar la actuación subvencionable.
Residir y figurar empadronada junto con el hijo o la hija menor de 14 años o el familiar de primer o segundo grado de consanguineidad o afinidad con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, para cuyo cuidado se contrata a una persona, en un Municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Convivir con la hija o el hijo menor de 14 años, o familiar con discapacidad reconocida igual o superior al 33%. En los casos en los que exista un acuerdo de custodia compartida, se computará el tiempo de convivencia y el cálculo del período objeto de la subvención en proporción, según los términos del citado acuerdo.
La persona beneficiaria y en su caso, su pareja conviviente, deberán ejercer una actividad retribuida por cuenta ajena o por cuenta propia.
Habrá de figurar como titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona contratada.
Ninguno de los integrantes de la unidad familiar podrá encontrarse en situación de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento y cuidado de persona menor en el marco de la normativa de la Seguridad Social.
En ningún caso podrán ser beneficiarias de esta ayuda las personas progenitoras privadas de la patria potestad de sus hijas o hijos, o si su tutela o guarda fue asumida por una institución pública.
La persona beneficiaria no puede estar incursa en prohibición para obtener la condición de beneficiaria de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Todos estos requisitos deben cumplirse en el momento que se formule la solicitud de ayuda y mantenerlos mientras dure la actividad subvencionable.
Cuantía
La cuantía de la ayuda estará destinada a sufragar los costes de contratación de la persona que preste el servicio de cuidados en el domicilio por el periodo solicitado y/o con fecha límite el 31 de diciembre de 2026.
La cuantía de la ayuda será la determinada en la siguiente escala la cual está calculada teniendo en cuenta las bases de cotización por contingencias comunes para las personas empleadas y las horas trabajadas.
Tramo Retribución Máximo de horas Base de cotización Cuantía mensual
mensual trabajadas al mes Euros/mes subvancion €/mes
1.° Hasta 319,00€ 20 296,00 € 222 €
2° Desde 319,01
hasta 495,00 € 40 423,00 € 317,25 €
3.° Desde 495,01
hasta 672,00 € 72 584,00 € 438 €
4.°Desde 672,01
hasta 850,00 € 92 761,00 € 570,75 €
5.°Desde 850,01
hasta 1.029,00 € 111 941,00 € 705,75 €
6.°Desde 1.029,01
hasta 1.204,00 € 130 1.116,00 € 837 €
7.°Desde 1.204,01
hasta 1.381,20 € 150 1.381,20 € 1.035,90 €
8.° Desde 1.381,21€ 160 Retribución mensual 1.100 €
La cuantía se incrementará en un 10% en los supuestos en los que la persona solicitante resida en un municipio en cuyo padrón municipal actualizado a fecha de 31 de diciembre el año anterior a la convocatoria, consten menos de 5000 habitantes. Asimismo, podrá incrementarse en un 10% si la persona a la que se contrata para el cuidado en el domicilio es víctima de violencia de género, y otro 10% si la unidad familiar es monoparental. Estos porcentajes podrán acumularse hasta un máximo de 1.100 euros mensuales.
La cuantía de la ayuda no podrá superar los 1.100 euros mensuales en 12 pagas.