Descripción
Revisión de oficio de actos nulos
Finalidad
Dejar sin efecto actos nulos conforme al artículo 47 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quién lo puede Presentar
Todos los ciudadanos titulares de un derecho o interés legítimo afectado.
Órgano Gestor
Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Secretaría General -
C. de Infraestructuras, Transporte y Vivienda. Servicio de Régimen Jurídico
Recursos
Responsable resolver:La persona titular de la Servicio de Régimen Jurídico
Fin vía administrativa:Si
Impugnación vía administrativa:Si