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Economía Social. P II: Contratación indefinida

Descripción

Subvenciones para la contratación indefinida de personas trabajadoras, para el desarrollo de funciones técnicas propias de la titulación académica que posean, así como para la realización de funciones gerenciales o directivas.Programa II

Finalidad

El objetivo de la medida es el apoyo a la contratación indefinida de personal técnico o con funciones de carácter gerencial o directivo, en sociedades cooperativas, sociedades laborales y sus entidades asociativas.

Quién lo puede Presentar

Para las ayudas establecidas en el Programa II, además de las beneficiarias del Programa I también serán beneficiarias las entidades asociativas de Sociedades Cooperativas o Sociedades Laborales cuyo ámbito de actuación sea el de la Comunidad Autónoma de Extremadura y estén inscritas en el Registro extremeño que corresponda, siempre que dentro de su ámbito de actuación cuenten por sí, o a través de las entidades a ellas asociadas, con un número mínimo de diez sociedades cooperativas o laborales extremeñas asociadas.

 

Plazos de Presentación
18/04/2026 00:00:00 - 17/04/2027 23:59:00
Órgano Gestor

Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
Dirección General de Empleo
Servicio de Economía Social y Autoempleo
Avenida Valhondo,
06800, Mérida

Plazo de resolución

3 Meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Empleo
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: Sí
Recursos que proceden:
Recurso de alzada.

Recurso de reposición.

Normativa básica

DECRETO 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria de los programas I, II, III y IV para el período 2024-2025.


EXTRACTO del Decreto 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras del programa para el fomento y consolidación del empleo en la economía social, en el ámbito de la Comunidad de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria, de las subvenciones para el Programa II: quotApoyo a la contratación indefinida de personal técnico o con funciones de carácter gerencial o directivo, en sociedades cooperativas, sociedades laborales y sus entidades asociativasquot

Pago de tasas

Sin tasa asociada

Información Adicional

Requisitos
Para el Programa II deberán cumplirse, además de los requisitos generales regulados en el artículo 7, los siguientes requisitos adicionales, subvencionándose las siguientes actuaciones:

En el Subprograma II. a y b: Contrataciones indefinidas iniciales con personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo y carentes de ocupación efectiva según informe de vida laboral, a la fecha de inicio del contrato.
Subprograma II. a: Contrataciones de personas trabajadoras que, en los seis meses anteriores, no hubieren prestado servicios, mediante contratos de duración determinada, durante un período, continuo o discontinuo, superior a 30 días efectivamente trabajados según vida laboral, en la misma empresa contratante.
Subprograma II. b: Contrataciones de personas trabajadoras que, en los seis meses anteriores, hubieren prestado servicios, mediante contratos de duración determinada, durante un período, continuo o discontinuo, superior a 30 días efectivamente trabajados según vida laboral, en la misma empresa contratante.
Subprograma II. c: Transformaciones en indefinidos de los contratos temporales y formativos.
Las personas trabajadoras contratadas en calidad de personal técnico, deberán estar en posesión de un título académico oficial de Grado, Licenciatura, Diplomatura, de Técnico Superior de Formación Profesional o de FP II, adecuado a las funciones que deba realizar en la sociedad o entidad beneficiaria.
Las personas trabajadoras contratadas para el desempeño de funciones de carácter gerencial o directivas deberán acreditar la posesión de un título académico oficial o, en su caso, si no disponen de tal titulación académica, deberán acreditar su experiencia profesional en la gestión y dirección de empresas durante un periodo no inferior a doce meses a lo largo de su vida laboral o formación con una duración mínima de doce meses en administración y dirección de empresas.
A efectos del presente decreto se entenderá como persona desempleada aquella que, según informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social, el día de la contratación careciera de ocupación laboral.

Cuantía
Se establecen unas cuantías para contrataciones indefinidas a tiempo completo en función de la remuneración anual bruta, incluidas las pagas extraordinarias, que se fije en el contrato de trabajo objeto de subvención según la siguiente escala:

Tramos según la remuneración anual bruta a jornada completa

Cuantía de las ayudas

Subprograma II.a

Subprogramas II.b y II.c

Tramo 1

Desde el Salario mínimo interprofesional hasta 20.000 euros

13.000 euros

4.000 euros

Tramo 2

Superior a 20.000 y hasta 25.000 euros

16.000 euros

7.000 euros

Tramo 3

Superior a 25.000 y hasta 30.000 euros

20.000 euros

8.500 euros

Tramo 4

Superior a 30.000 y hasta 35.000 euros

24.000 euros

10.000 euros

Tramo 5

Superior a 35.000 euros

27.000 euros

11.500 euros

La remuneración bruta anual, incluidas las pagas extraordinarias, será la establecida en el contrato individual de trabajo, adecuándose en todo caso al convenio colectivo de aplicación

Ayudas adicionales. Las cuantías anteriores se incrementarán en un 5% en los siguientes supuestos:y no pudiendo ser nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente.

Primera contratación indefinida inicial de la entidad.

Cuando la entidad solicitante de la ayuda, aún sin estar obligada a ello, cuente con la certificación RSE (Responsabilidad Social Empresarial de la Junta de Extremadura), o cuando tenga Plan de Igualdad en vigor. En cualquiera de los dos casos deberán cumplirse las condiciones recogidas en el apartado 6 del artículo 17.

Cuando se trate de mujeres víctimas de violencia de género.

La entidad beneficiaria sea una cooperativa resultante de un nuevo proceso de integración cooperativa en cualquiera de sus modalidades.

El importe de la subvención que pueda concederse, por la creación de puestos de trabajo en este programa, se modulará en relación con la reducción de jornada laboral que realicen las personas trabajadoras contratadas, cuando éstas presten servicios a tiempo parcial, que no podrá ser, en ningún caso, menor del 50 % de la jornada laboral.

Documentación relacionada
Solicitud

Solicitud

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación requerida
Documentación general de la entidad solicitante
Modelo de solicitud
Certificación extensa del Registro Mercantil
Certificación extensa emitida por el registro mercantil de los asientos relativos a la sociedad laboral
Libro registro de Socios / De acciones nominativas
En el caso de entidades asociativas, declaración responsable firmada por la representación legal, relativa a las sociedades cooperativas y laborales asociadas a la misma
Certificado de al AEAT sobre histórico de altas y bajas en el I.A.E.
Certificado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre histórico de altas y bajas en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Certificación emitida por el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura
En el caso de las sociedades cooperativas, Certificación emitida por el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura comprensivo de los siguientes extremos: denominación de la sociedad fecha de inscripción de la sociedad clase de sociedad cooperativa representación orgánica y órgano de administración. En caso de que la sociedad cooperativa solicitante sea la resultante de un proceso de integración cooperativa (en sus distintas modalidades), la Certificación deberá incluir, además, los datos identificativos de la operación de integración y de las sociedades cooperativas participantes en la misma, cuando se oponga expresa mente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
Vida laboral de la entidad solicitante
Informe original expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la entidad solicitante de la ayuda desde los doce meses anteriores a la fecha de la contratación por la que se solicita subvención, de todos los códigos de cuenta cotización de la entidad en Extremadura, en formato electrónico.
Certificado que acredite que la entidad solicitante esta al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con al AEAT
Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con la Hacienda del Estado, en formato electrónico.
Certificado que acredite que la entidad solicitante está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico.
Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico.
Documentación Común Socios y/o Trabajadores para todos los Programas
Informe original, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral del trabajador indefinido por el que se solicita la subvención
Informe original, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la persona socia trabajadora o de trabajo o respecto del trabajador indefinido por el que se solicita la subvención, en formato electrónico.
Certificado expedido por los Servicios Públicos de Empleo de inscripción como demandante de empleo desempleado
Certificado expedido por los Servicios Públicos de Empleo que acredite que la persona socia trabajadora o de trabajo y trabajador indefinido causante de la ayuda, ha estado inscrita como demandante de empleo desempleada, indicando las fechas de alta y baja en la demanda de empleo.
Documentación específica de la entidad solicitante
Certificación del registro que corresponda de todos los datos relativos a la inscripición de la sociedad
En caso de bajas en 12 meses previos, acreditación de la baja y categoria laboral : Copia del contrato de trabajo y del documento justiifcativo de la baja
Cuando en los doce meses anteriores a la contratación de la persona trabajadora, haya causado baja en la empresa o entidad una persona contratada indefinida, deberán presentar copia de su contrato de trabajo y del documento justificativo de la baja (sentencia judicial, acta de conciliación, carta de despido o documento de baja en Seguridad Social).
Documentación específica de los trabajadores
Copia del contrato
Copia del contrato por el que se solicita la subvención, que deberá especificar si la persona trabajadora ha sido contratada para el desempeño de funciones técnicas, gerenciales o directivas, comunicado al correspondiente Servicio Público de Empleo.
Título Académico oficial
Título Académico oficial de: Grado, Licenciatura, Diplomatura, de técnico superior de formación profesional o de FP II, adecuado a las funciones que deba realizar en la sociedad o entidad beneficiaria.
En caso de no poseer titulación academica oficial , Documentación de FORMACION mínima de 12 meses en administración y dirección de empresas o acreditar experiencia laboral
En el caso de funciones directivas o gerenciales, siempre y cuando no posean la titulación académica oficial requerida, será necesario aportar documentación acreditativa de poseer formación con una duración mínima de doce meses, en administración y dirección de empresas o, en su defecto, deberán acreditar experiencia laboral en la gestión y/o dirección de empresas durante un periodo mínimo de doce meses a lo largo de su vida laboral, mediante contratos de trabajos anteriores, certificados de empresa, u otra de naturaleza análoga que acredite la experiencia de la persona trabajadora en el ámbito de la dirección de empresas.
En caso de no poseer titulación academica oficial , Documentación de EXPERIENCIA LABORAL en la gestión y/o dirección de empresas mínima de doce meses a lo largo de su vida laboral
En caso de no poseer titulación academica oficial , Documentación acreditativa de formación con una duración mínima de 12 meses en administración y dirección de empresas o acreditar experiencia laboral
Documentación específica. Incrementos Extra Programa II
Facturas de gastos de integración cooperativa (Notaría), en caso de solicitar dicho incremento
Para el supuesto de solicitar ayuda por los gastos de integración cooperativa, copias de las facturas emitidas por la Notaría correspondientes al otorgamiento de la escritura pública de integración, en sus distintas modalidades, y de subsanación o rectificación de la misma
Certificación emitida por el Registro de Empresas Socialmente Responsables de Extremadura, en caso de solicitar dicho incremento
En el caso que se solicite el Incremento adicional derivado de la Cláusula de Responsabilidad Social, certificación emitida por el Registro de Empresas Socialmente Responsables de Extremadura, dependiente del órgano con competencias en la materia, donde se reflejen las fechas de calificación e inscripción en el mismo, en los términos del artículo 17.6 de este decreto, cuando se oponga expresamente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos
Plan de igualdad de la empresa, en caso de solicitar dicho incremento
En el supuesto de solicitarse el Incremento adicional por la implantación de un Plan de Igualdad en la empresa, deberá aportarse el mismo debidamente registrado en el registro establecido al efecto, a la fecha de solicitud de la ayuda
Acreditacoión de mujer víctima de violencia de género, cuando se solicite dicho incremento
En el caso de solicitud de ayuda por la incorporación de mujeres víctimas de violencia de género, esta situación quedará acreditada mediante alguno de los siguientes medios de prueba calificados: Informe del Instituto de la Mujer de Extremadura, en función de la información recibida de los diferentes dispositivos que constituyen la Red de Atención a las Victimas de la Violencia de género; sentencia de cualquier orden jurisdiccional, aunque no haya ganado firmeza, que declare que la mujer ha sufrido alguna de las formas de esta violencia; la orden de protección vigente. La documentación que acredite tales circunstancias deberá estar en vigor a fecha de solicitud de ayuda.
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