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Economía Social. P III: Tarifa Cero

Descripción

Tarifa Cero para autónomos societarios de sociedades cooperativas y sociedades laborales, para sufragar el coste de las cuotas de la Seguridad Social.

Finalidad

La Tarifa Cero para autónomos societarios de sociedades cooperativas y sociedades laborales tiene como objetivo ayudar a sufragar el coste de la seguridad social, de personas causantes de la ayuda del Programa I que se dan de alta en el Registro Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Quién lo puede Presentar

Las entidades que conforme al artículo 6 sean beneficiarias por el Programa I, cuando las personas causantes de la subvención, se encuadren en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

Plazos de Presentación
20/04/2026 00:00:00 - 17/04/2027 23:59:00
Órgano Gestor

Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
Dirección General de Empleo
Servicio de Economía Social y Autoempleo
Avenida Valhondo,
06800, Mérida

Plazo de resolución

3 Meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Empleo
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: Sí
Recursos que proceden:
Recurso de alzada.

Recurso de reposición.

Normativa básica

DECRETO 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación del empleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria de los programas I, II, III y IV para el período 2024-2025.


EXTRACTO del Decreto 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras del Programa para el fomento y consolidación del empleo en la economía social, en el ámbito de la Comunidad de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria, de las subvenciones para el Programa III: quotTarifa cero para autónomos societarios de sociedades cooperativas y sociedades laborarlesquot

Pago de tasas

Sin tasa asociada

Información Adicional

Requisitos
En el Programa III, deberán cumplirse, además de los requisitos generales regulados en el artículo 7, los siguientes requisitos adicionales:

a) Las personas socias trabajadoras o de trabajo incorporados deberán haber sido dados de alta en el RETA de la Seguridad Social.

b) Las personas socias trabajadoras o de trabajo objeto de la subvención deberán figurar inscritas como demandantes de empleo desempleadas en los Servicios Públicos de Empleo, careciendo de ocupación efectiva según Informe de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social y mantenerse en esta situación hasta el momento en el que se produzca el alta en RETA. No será de aplicación este requisito en el supuesto de incorporación de socios por transformación de contratos temporales.

En el Programa III se establecen como colectivos prioritarios las mujeres desempleadas que se hayan incorporado al RETA o mutualidad alternativa en el plazo de un año desde la fecha de nacimiento del hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, de acuerdo con el artículo 45.1.d) del Estatuto de los Trabajadores y las personas desempleadas menores de 36 años, que se hayan incorporado al RETA.

Cuantía
Una subvención de 1.920,00 euros, cuando las personas socias de trabajo o socias trabajadoras que se incorpore al RETA sean:
Mujeres desempleadas que se hayan incorporado al RETA, en el plazo de un año desde la fecha de nacimiento del hijo o hija, o adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción, de acuerdo con el artículo 45. 1 d) del RD Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores.
Cuando se trate de personas desempleadas menores de 36 años.
Las referencias realizadas a personas desempleadas, no será de aplicación cuando se trate de una transformación de contrato temporal en la misma empresa.

Una subvención de 960,00 euros, en los supuestos en los que las personas socias de trabajo o socias trabajadoras que se hayan incorporado al RETA no se encuentren encuadras en alguno de los apartados anteriores.

Documentación relacionada
Solicitud

Solicitud Tarifa Cero para autónomos societarios de sociedades cooperativas y sociedades laborales

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación general de la entidad solicitante
Modelo de solicitud
Certificación extensa del Registro Mercantil
Certificación extensa emitida por el registro mercantil de los asientos relativos a la sociedad laboral
Libro registro de Socios / De acciones nominativas
En el caso de entidades asocitavtivas, delcaración responsable firamda por la representación legal, relativa a las sociedades coooperativas y laborales asociadas a la misma
Certificado de al AEAT sobre histórico de altas y bajas en el I.A.E.
Certificado emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria sobre histórico de altas y bajas en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Certificación emitida por el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura
En el caso de las sociedades cooperativas, Certificación emitida por el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura comprensivo de los siguientes extremos: denominación de la sociedad fecha de inscripción de la sociedad clase de sociedad cooperativa representación orgánica y órgano de administración. En caso de que la sociedad cooperativa solicitante sea la resultante de un proceso de integración cooperativa (en sus distintas modalidades), la Certificación deberá incluir, además, los datos identificativos de la operación de integración y de las sociedades cooperativas participantes en la misma, cuando se oponga expresa mente en el anexo de solicitud a que el órgano instructor recabe de oficio esos datos.
Vida laboral de la entidad solicitante
Informe original expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral de la entidad solicitante de la ayuda desde los doce meses anteriores a la fecha de la contratación por la que se solicita subvención, de todos los códigos de cuenta cotización de la entidad en Extremadura, en formato electrónico.
Certificado que acredite que la entidad solicitante esta al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con al AEAT
Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con la Hacienda del Estado, en formato electrónico.
Certificado que acredite que la entidad solicitante está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social
Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, en formato electrónico.
Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Certificado que acredite que la entidad solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en formato electrónico.
Documentación Común Socios y/o Trabajadores para todos los Programas
Informe original, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, relativo a la vida laboral
Certificado expedido por los Servicios Públicos de Empleo de inscripción como demandante de empleo desempleado
Certificado expedido por los Servicios Públicos de Empleo que acredite que la persona socia trabajadora o de trabajo ha estado inscrita como demandante de empleo desempleada, indicando las fechas de alta y baja en la demanda de empleo.
Documentación Específica Programa III
Documento oficial acreditativo de la fecha de nacimiento del hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento
Cuando entidad solicite la ayuda por una persona que pertenezca al colectivo prioritario recogido en el artículo 26 del presente decreto, deberá aportarse documento oficial acreditativo de la fecha de nacimiento del hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
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