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Cheque Exporta

Descripción

Ayuda para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado Cheque Exporta.

Finalidad

Lograr el asesoramiento personalizado mediante la elaboración de un plan de internacionalización por parte de personas expertas en comercio internacional, para ayudar a las empresas que se inician en los procesos de internacionalización o que opten por diversificar su actividad exportadora, a identificar oportunidades de mercado, comprender los requisitos legales y aduaneros de los países de destino, y desarrollar estrategias de entrada a nuevos mercados.

Quién lo puede Presentar

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, las personas físicas y jurídicas que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Para poder acceder a las ayudas las personas físicas, jurídicas y las entidades antes citadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios.
b) Tener un volumen de ventas fuera de España con relación al volumen total de operaciones, del ejercicio contable anterior a la fecha de publicación de la convocatoria inferior al 80%.
c) No haber sido beneficiario de esta misma actuación para el mismo mercado en las dos convocatorias anteriores a la que se solicita.

Plazos de Presentación
02/07/2026 00:00:00 - 10/10/2026 23:59:00
Órgano Gestor

Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
Dirección General de Inteligencia Competitiva y Comercio
Servicio de Comercio Exterior, Internacionalización, Mercados y Competencia (DIR3: A11030542)
Paseo de Roma,
06800, Mérida

Plazo de resolución

3 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: La persona titular de la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: Sí
Recursos que proceden: Recurso de alzada

Normativa básica
  • DECRETO 69/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado Cheque Exporta y primera convocatoria
  • RESOLUCIÓN de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado quotCheque Exportaquot correspondiente al ejercicio 2025.
  • DECRETO 174/2025, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 69/2024, de 9 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado quotCheque Exportaquot, y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024
  • Resolución de 11 de junio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado Cheque Exporta, correspondiente al ejercicio 2026
  • Extracto de la Resolución de 11 de junio de 2026, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente a las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado Cheque Exporta correspondiente al ejercicio 2026
Pago de tasas

Sin tasa asociada

Información Adicional

Requisitos
Se establecen las siguientes condiciones específicas de elegibilidad que deberán cumplir las empresas o corporaciones de derecho público que vayan a redactar el plan de internacionalización:

Deberán estar especializadas en la prestación servicios de consultoría internacional y comercio exterior. No tendrán tal consideración las asesorías generalistas, fiscales, laborales, contables, así como las gestorías.
Las entidades deberán de contar, con un mínimo de una persona empleada con perfil técnico, especializados en comercio exterior y/o un contrato de asociación con personal externo especializado en comercio exterior.

Cuantía

Las ayudas consistirán en una subvención del 90% del coste de la inversión presentado por la empresa, siendo la inversión máxima subvencionable de 6.000 euros por expediente.

En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable deberá alcanzar la cantidad de 1.500 euros.

Las ayudas reguladas en la presente Decreto se financiarán con cargo a los créditos autorizados en los proyectos de gastos destinados a tal fin, previstos en las Leyes de Presupuestos anuales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el límite que se fije en cada convocatoria y siempre dentro del crédito disponible.

Documentación relacionada
ANEXO II Declaración responsable cheque

ANEXO II Declaración responsable cheque

ANEXO III Solicitud de liquidación

ANEXO III Solicitud de liquidación

Anexo I. Solicitud

Anexo I. Solicitud

Anexo IV. Declaración de Comunidades de Bienes

Anexo IV. Declaración de Comunidades de Bienes

Publicidad ayudas

Publicidad ayudas

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación a aportar
Anexo I. Solicitud
Declaración responsable con la relación de todas las ayudas públicas solicitadas o concedidas de esta o de cualquier otra Administración Pública para el mismo proyecto.
Declaración responsable con la relación de todas las ayudas públicas solicitadas o concedidas de esta o de cualquier otra Administración Pública para el mismo proyecto, mediante declaración responsable que figurará junto a la solicitud (anexos II).
Presupuestos o facturas proformas para la elaboración del plan de internacionalización
Presupuestos o facturas proformas para la elaboración del plan de internacionalización, emitidas por empresas o corporaciones de derecho público especialistas en comercio exterior que cumplan los requisitos del artículo 7.
Memoria descriptiva detallada y estructurada de manera lógica, secuencial y ordenada de los objetivos y actividades de internacionalización a emprender
Memoria descriptiva detallada y estructurada de manera lógica, secuencial y ordenada de los objetivos y actividades de internacionalización a emprender, indicando el calendario y fechas previstas de ejecución, así como el país o bloque de países donde se dirigen o se llevarán a cabo cada una de las acciones proyectadas.
Resumen anual de IVA (Modelo 390)
Resumen anual de IVA (Modelo 390) del ejercicio anterior a la fecha de publicación de la convocatoria o en su caso la autoliquidación del IVA (Modelo 303) correspondiente al mes diciembre del ejercicio anterior a la fecha de publicación de la convocatoria cuando el ejercicio económico del solicitante coincide con el año natural.
Conjunto de autoliquidaciones mensuales del IVA (Modelo 303)
En su caso, cuando el ejercicio económico del solicitante no coincida con el año natural, deberá presentar el conjunto de autoliquidaciones mensuales del IVA (Modelo 303) del último ejercicio económico cerrado.
En caso de persona jurídica
Poder del representante legal
En caso de persona jurídica se aportará el poder del representante legal. El órgano encargado de la instrucción y ordenación del procedimiento consultará de oficio los datos de identidad personal, tanto el NIF del solicitante como del representante legal, en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por el Ministerio prestador del Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI). En caso de elevación a público del poder del representante legal, si se ha formalizado ante notario a partir del 5 de junio de 2014, el interesado lo hará constar en el apartado correspondiente de la solicitud indicando el Código Seguro de Verificación (CSV), lo que conllevará la autorización al órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento para que éste consulte a través de la RED SARA la copia simple del poder notarial, salvo que se formule oposición expresa.
En caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia
Deberán hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero
En el caso de comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia, deberán hacerse constar expresamente los compromisos de ejecución asumidos por cada comunero, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, debiendo nombrar un representante. Para ello se cumplimentará el anexo IV, que se encontrará accesible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es dentro del correspondiente trámite, en el apartado de Anexos, y deberá presentarse en formato electrónico.
En caso de no haber autorizado expresamente a que la Administración actuante consultase o recabase dichos datos
Información de datos del IAE
En cuanto a la información de datos del IAE, con finalidades no tributarias, deberá ser presentado por el interesado en el caso de no haber autorizado expresamente a que la Administración actuante consultase o recabase dichos datos.
Certificado de estar al corriente con la Hacienda Estatal
Certificado de estar al corriente con la Hacienda Autonómica
Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social
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