Requisitos
Las entidades beneficiarias deberán reunir los requisitos específicos determinados para cada una de las líneas de subvenciones. Asimismo, las entidades no podrán estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señalados en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuantía
La cuantía máxima subvencionable por proyecto será de 30.000 euros.
La cuantía de la subvención otorgada podrá ser igual o inferior a los costes del proyecto presentado. La diferencia entre la cuantía del proyecto presentado y la cantidad subvencionada deberá ser financiada por la entidad solicitante.
Los criterios para la determinación de la cuantía individualizada de la subvención serán establecidos en función de la puntuación obtenida mediante la aplicación de la siguiente tabla, siendo necesario obtener un mínimo de 22 puntos para optar a ella y recogido en la tabla del DOE de la convocatoria.
El crédito máximo disponible para esta convocatoria de subvención será distribuido por orden decreciente en función de la puntuación obtenida por cada entidad solicitante.
Excepcionalmente, cuando dos o más proyectos obtengan la misma puntuación y no exista crédito suficiente para cubrir la totalidad de aquellos, el desempate se realizará atendiendo a la mayor puntuación obtenida en los criterios de valoración según el orden establecido en el resuelvo décimo. En caso de persistir el empate se atenderá a la fecha, hora y minuto de registro de la solicitud.