Requisitos
Requisitos generales.
a) Ser personal funcionario de carrera de cualquiera de los cuerpos anteriormente citados a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
b) Estar en situación de servicio activo, dependiendo orgánica y funcionalmente de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y mantener en dicha situación durante el curso 2025-2026.
c) Este requisito de dependencia no se aplica al personal funcionario de otras administraciones educativas que preste servicios temporalmente en centros dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, bajo régimen de comisión de servicios.
d) No estar en comisión de servicios en otra Administración educativa, ni en adscripción temporal en el exterior durante el período para el que se solicita la licencia.
e) No haber sido sancionado mediante resolución firme por una falta disciplinaria grave o muy grave, siempre que la responsabilidad disciplinaria no haya sido cumplida o extinguida.
f) No encontrarse en situación de prolongación de la permanencia en el servicio activo, ni solicitar jubilación voluntaria en los tres cursos escolares siguientes a la finalización de la licencia concedida.
g) Requisitos académicos:
Para estudios universitarios, el número mínimo de créditos que se han de cursar será el siguiente:
Estudios de carácter académico
Licencias anuales
Licencias parciales
Titulación de Grado o equivalente
50 créditos
20 créditos
Programas de Máster oficial o Doctorado
20 créditos
12 créditos
Para estudios universitarios de Grado o equivalentes, será obligatorio cursar un mínimo de cinco asignaturas anuales o dos asignaturas cuatrimestrales, según el tipo de licencia solicitada. Alternativamente, se requerirá 50 créditos para licencias anuales o 20 créditos para licencias cuatrimestrales.
En el caso de Tesis Doctoral, el período de concesión se valorará conforme al informe del profesor responsable presentado por la persona interesada.
Todos los proyectos o actividades originales e inéditas deberán incidir directamente en la práctica docente y en la mejora de la calidad de la enseñanza y hacer referencia a algunos de los siguientes aspectos:
- Desarrollo de la Competencia Digital Docente.
- Las especialidades relacionadas con los nuevos Ciclos Formativos.
- Éxito escolar, atención a la diversidad y acción tutorial.
- Educación para la convivencia, la educación en la prevención de conflictos y en la resolución pacífica de estos, en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
- Bibliotecas escolares.
- Estudios relacionados con la enseñanza del currículo en lenguas extranjeras.
- Singularidad de la escuela rural.
- Seguridad y riesgos laborales. Planes de autoprotección.
- Inteligencia emocional.
- Contenidos curriculares digitales.
- Igualdad de género.
- Aprendizaje de servicio.
- Coeducación.
- Propuesta de integración de los objetivos del Desarrollo Sostenible.
- Evaluación, mejora y calidad de la educación.
- Aspectos funcionales o metodológicos de la formación profesional reglada.
- La integración de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en las áreas, materias o etapas curriculares. Estudios de uso y de impacto o proyectos singulares de investigación sobre este campo que incidan en la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje utilizando estos medios.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional comprobará de oficio la autoría y originalidad de los proyectos y actividades, constituyendo el plagio y el uso de la IA un incumplimiento de las bases de esta convocatoria (base decimocuarta).
Otros requisitos específicos detallados en la convocatoria.