Requisitos
Las agrupaciones de entidades solicitante deberá formalizar un convenio en el que se recojan los compromisos de ejecución asumidos por cada entidad miembro de la agrupuación, así como, en su caso, el importe de subvención a aplicar por cada una de ellas, en el Anexos II de este decreto.
Estos compromisos establecidos en el correspondiente convenio se fundamentarán y justificarán en base al interés social, al no afán de beneficio económico y al valor de la aportación al proyecto por parte de las entidades que lo ejecutan.
Cuantía
La cuantía total de la subvención estará compuesta por la suma de los siguientes módulos:
a) Módulo de formación: la cuantía máxima de la subvención a conceder por la formación de cada proyecto se determirnará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de participantes y por el importe del módulo correspondiente.
El módulo económico hora/participante según el área profesional de la especialidad formativa y la modalidad de impartición será el recogido en el Anexo VII de este Decreto.
Una vez ejecutada la acción formativa, la cuantía definitiva de la subvención por ese concepto se determinará por el resultado de multiplicar el número de alumnos/as participantes que se considera que han finalizado la formación por las horas de formación y por el módulo económico específico establecido para la correspondiente especialidad formativa. En ningún caso la cuantía definitva podrá superar la cuantía de la subvención inicialmente concedida.
Se considerará que un/a alumno/a ha finalizado la formación cuando haya asistido, al menos, al 75% de la duración de la acción formativa.
b) Módulo experiencia laboral: el 75% del salario mínimo interprofesional anualmente establecido, inluida la parte proporcional de una paga extraordinaria. Asimismo, se subvencionará la totalidad de las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador correspondiente por todos los conceptos que establezca la normativa vigente en el momento de la concesión.
c) Módulo de gestión y acompañamiento del proyecto: 25% de la cantidad subvencionada en el módulo de formación.
d) Módulo de becas de asistencia en la etapa formativa inicial a razón de 13,50 euros por día lectivo y alumno/a y Módulo de ayudas a la movilidad en la etapa formativa inicial a razón de 0,26 euros/Km/ día lectivo/alumno/a de localidades distintas a la del centro de formación, hasta un máximo de 100 Kms/día. Se tomará como referencia para determinar la distancia entre las localidades el resultado más corto utilizando la aplicación Google Maps (https://www.google.es/maps)