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Plan de Impulso de las Entidades de Economía Social en Extremadura

Descripción

Subvenciones destinadas al Plan de Impulso de las Entidades de Economía Social en Extremadura que financian las inversiones y la asistencia técnica profesional.

Finalidad

Modernizar las estructuras técnicas y administrativas de las entidades de la economía social en Extremadura.

Quién lo puede Presentar

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las sociedades cooperativas y sociedades laborales, así como sus uniones o asociaciones representativas, las sociedades agrarias de transformación (SAT), los centros especiales de empleo y las empresas de inserción.

No obstante , no podrán ser beneficiarias las cooperativas de crédito y las de seguros, así como las entidades cuya actividad se corresponda con las propias de las empresas de trabajo temporal o agencias de colocación

Plazos de Presentación
11/08/2026 00:00:00 - 13/10/2026 23:59:59
Órgano Gestor

Consejería de Industria, Energía, Ciencia y Territorio

Dirección General de Cooperativas y Economía Social

Servicio de Cooperativas y Sociedades Laborales (DIR3: A11030497)

Avenida Luis Ramallo,

06800, Mérida

Plazo de resolución

3 meses

Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos

Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Cooperativas y Economía Social
Fin vía administrativa: No
Impugnación vía administrativa: No
Recursos que proceden:
Recurso de alzada.

Normativa básica
  • DECRETO 51/2025, 5, de 10 de junio, de bases reguladoras de subvenciones para el Plan de Impulso de las Entidades de Economía Social de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio 2025
  • RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2026, de la Secretaría General, de convocatoria de las subvenciones para el Plan de Impulso de las Entidades de Economía Social de Extremadura para el ejercicio 2026
  • Extracto de la Resolución de 21 de julio 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del Programa I (Inversiones) del Plan de Impulso de las Entidades de Economía Social de Extremadura para el ejercicio 2026
  • Extracto de la Resolución de 21 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones del Programa II (Asistencia técnica profesional) del Plan de Impulso de las Entidades de Economía Social de Extremadura para el ejercicio 2026
Información Adicional

Requisitos

Las entidades solicitantes, para poder percibir las subvenciones y obtener la condición de beneficiaria, deberán reunir los siguientes requisitos:

Estar, con carácter previo a la presentación de la solicitud, debidamente inscritas en uno de los siguientes registros:
Registro de Cooperativas de Extremadura.
Registro de Sociedades Laborales de Extremadura y el Registro Mercantil correspondientes.
Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de Extremadura.
Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Extremadura
Registro de Empresas de Inserción de Extremadura.
No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Dicha circunstancia se justificará a través de la declaración responsable que se incorpora al anexo I de modelo de solicitud.

Las sociedades cooperativas de primer grado deberán cumplir con el requisito establecido en el artículo 50.7 de la Ley 9/2018, de 30 de octubre, de sociedades cooperativas de Extremadura.

Las subvenciones reguladas en el Programa II, cuando estén destinadas a la disolución y la liquidación de la sociedad, sólo podrán ser solicitadas por sociedades cooperativas y serán incompatibles con otras actuaciones subvencionables de este decreto. En este caso, cuando la persona física representante de la entidad, con capacidad para solicitar y tramitar la subvención, no sea socia de la entidad solicitante, tendrá que comprometerse a efectuar la totalidad de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre de la entidad al menos una persona socia, en relación con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, y tendrá igualm

Cuantía

El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de 434.544,68 euros, con cargo a financiación e la Comunidad Autónoma, de los que:

404.544,68 euros se destinarán a la financiación del Programa I "Inversiones", y
30.000,00 euros a la financiación del Programa II "Asistencia Técnica Profesional".

Documentación
Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:

Certificado de inscripción en el Registro correspondiente que acredite que la entidad se encuentra inscrita y no disuelta, el órgano de gobierno y su composición, así como su objeto y el domicilio social.

Certificación de estar al corriente con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica.

Presupuestos o facturas proforma correspondientes a los servicios que forman parte del Plan del impulso, con el IVA desglosado. Si las actuaciones se hubieran llevado a cabo antes de la presentación de la solicitud, y dentro del periodo subvencionable, se presentarán las correspondientes facturas.

Declaración detallada de todas las ayudas de minimis recibidas en los tres años previos, que estén sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023 o a otros reglamentos de minimis.

 

El órgano instructor recabará de oficio los datos señalados en la letra a) siempre que la representación legal de la entidad no se oponga expresamente en la solicitud, y los señalados en la letra b), siempre que así lo autorice expresamente en el anexo I de solicitud, en cuyo caso quedará obligada a aportarlos junto con la solicitud de subvención. En los supuestos de imposibilidad material de obtener los anteriores documentos, el órgano instructor del procedimiento podrá requerir su presentación a la solicitante.

Documentación relacionada
Difusión y publicidad

ANEXO III

Justificación

ANEXO II

Modelo de solicitud

ANEXO I

Nivel de identificación del solicitante
Documentos a Presentar
Documentación requerida
Solicitud
Modelo de solicitud
Certificado de inscripción en el Registro.
Correspondiente que acredite que la entidad se encuentra inscrita y no disuelta, el órgano de gobierno y su composición, así como su objeto y el domicilio social.
Certificación de estar al corriente con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
Con la Tesorería General de la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica.
Presupuestos o facturas proforma correspondientes a los servicios que forman parte del Plan del impulso, con el IVA desglosado.
Si las actuaciones se hubieran llevado a cabo antes de la presentación de la solicitud, y dentro del periodo subvencionable, se presentarán las correspondientes facturas.
Declaración detallada de todas las ayudas de minimis recibidas en los tres años previos.
Que estén sujetas al Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023 o a otros reglamentos de minimis.
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